Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 15 de Febrero de 1996

PonenteJOSÉ MANUEL FAÚNDES
Fecha de Resolución15 de Febrero de 1996
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

Ingresó al Pleno de la Corte Suprema de Justicia la acción de Habeas Corpus interpuesta por el Licenciado E.D.H. contra el FISCAL ESPECIALIZADO EN DELITOS RELACIONADOS CON DROGAS, a favor del señor M.A.D.J. detenido en la Cárcel Modelo por delito contra la Salud Pública.

Acogida la presente acción, se libró el mandamiento correspondiente contra el F. Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, Licenciado R.M., quien mediante oficio Nº 1209 de 31 de enero de 1996 rinde su informe de conducta en los siguientes términos:

"PRIMERO: SÍ es cierto que ordenamos la detención del señor M.A.D.J.. Dicha decisión fue emitida mediante Resolución de fecha 22 de enero de 1996, la cual se encuentra acopiada en las sumarias que se le siguen a I.G.H.C., G.R.S. y al Prenombrado. ...". (F. 9).

En cuanto a los fundamentos procedentes, el Señor Fiscal manifiesta que los hechos se dieron el pasado 17 de enero, fecha en que se logra la captura de G.R. STERLING (a) T.S., el cual había sido señalado por una ciudadana retenida la noche anterior como la persona que le vendió la sustancia ilícita.

Luego del allanamiento a la casa del señor STERLING, éste se manifiesta dispuesto a cooperar con las autoridades para lograr la captura de sus distribuidores y abastecedores; se le autoriza entonces para hacer una llamada al teléfono Nº 221-6727 para solicitar que se le proporcionara cierta cantidad de sustancia ilícita.

Al trasladarse los agentes de la Policía Técnica Judicial, de la Policía y del Despacho del Fiscal a el sector de Río Abajo en los estacionamientos de la Clínica 24 Horas San Luis, lugar acordado para la entrega de la droga, detienen a dos (2) damas que se dirigieron exactamente adonde estaba STERLING, identificándolas como I.G.H.C. y B.Q. (menor de edad). Inmediatamente se efectúa un registro corporal logrando encontrar en poder de la menor, una bolsa plástica de color blanco, dentro de la cual se encontraron ocho (8) bolsas de plástico transparente, contentivas cada una de ellas de cierta cantidad de una sustancia en forma de polvo de color blanco que se presume sea COCAÍNA.

Al obtener la dirección de la señora I.G.H.C., se ordenó la diligencia de allanamiento en el cuarto Nº 6, casa 3019 de la calle 15 Río Abajo, mismo lugar donde reside M.A.D.J. (A) TONY.

Sigue diciendo el señor F., que al entrar a la residencia antes mencionada, el señor M.A.D.J. manifestó no dedicarse a la venta de sustancias ilícitas y no tener valores, armas o drogas...

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