Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 15 de Junio de 2000

PonenteLUIS CERVANTES DÍAZ
Fecha de Resolución15 de Junio de 2000
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La licenciada RUTH ALVARADO CHORRES actuando en representación del menor M.C., presentó ante esta Superioridad acción de Habeas Corpus contra el Director de la Policía Técnica Judicial, por considerar que la privación de libertad que sufre el menor, es ilegal.

El mandamiento de H.C. se libró el 12 de junio de 2000, y fue contestado por la autoridad demandada a través de la Nota Nº A. L. 0420-00 de esa misma fecha, informando a este Tribunal que contra el menor M. CASTILLO existe denuncia por el acto infractor de Robo a Mano Armada, pero que constaba en sus registros que éste había sido puesto a órdenes del Juzgado de la Niñez y Adolescencia en Turno, mediante O.N.D.E.A.I.A. 447-2000 de 9 de junio del año que decurre.

De conformidad con lo establecido en el artículo 23 numeral 7 de Ley 40 de 26 de agosto de 1999 "Del Régimen de Responsabilidad Penal para la Adolescencia" (Publicada en la Gaceta Oficial Nº 23,874 de 28 de agosto de 1999) corresponde al Tribunal Superior de la Niñez y de la Adolescencia conocer de los procesos de habeas corpus a favor de todas las personas que aún no han cumplido los dieciocho años.

En virtud de lo anterior, la competencia...

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