Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 15 de Junio de 2001

PonenteROGELIO A. FABREGA Z
Fecha de Resolución15 de Junio de 2001
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado V.P.P. presentó acción de habeas corpus a favor de S.J.F.C. y contra el F.S. Especializado en Delitos Relacionados con Drogas.

Admitida la presente acción se dió traslado al citado funcionario, mediante providencia de 16 de mayo de 2001, quien rindió su informe por medio del Oficio Nº FD2-T13-2154 de 21 de mayo de 2001, de la siguiente forma:

"A- La orden de detención de la ciudadana S.J.F.C. fue decretada mediante providencia razonada de la Fiscalía Segunda Especializada en Delitos Relacionados con Drogas, de fecha dieciséis (16) de marzo de 2001 (fs. 35-37).

B- Los fundamentos de hecho para ordenar la detención preventiva de S.F., se reflejan en que el día 15 de marzo del presente año se efectuó diligencia de allanamiento (fs. 19-22) en la residencia ubicada en el Distrito de La Chorrera, corregimiento de la Mitra, barriada La Milagrosa, casa s/n; toda vez que se tenía información que en la misma residía un sujeto de nombre ISMAEL TORRERO, quien se estaba dedicando a la venta de sustancias ilícitas.

Cabe señalar que previo a la diligencia de allanamiento se efectuó compra controlada de sustancias ilícitas, donde se utilizaron seis (6) billetes de un balboa (1.00) previamente fotocopiados. ...El comprador manifestó que quien le vendió había sido una mujer de tez trigueña, contextura gruesa, que vestía un suéter crema con cuadros color verde y pantalón corto.

Una vez iniciada la diligencia de allanamiento se logra ubicar en la residencia a dos menores de edad, a I.B. con cédula de identidad personal 8-748-621 y a S.J.F. con cédula de identidad personal 8-266-890; ésta última quien mantenía la misma descripción física y de vestimenta dada por el comprador. Se les explica el motivo de la diligencia y la señora S.F. procedió a entregar voluntariamente cuatro (4) sobrecitos de plástico transparentes, que contenían un polvo de color blanco que se presumía fuera COCAÍNA. Adicional hizo entrega de seis billetes de un balboa, los cuales al ser cotejados resultaron ser los mismos utilizados en la compra controlada; además que le manifestó a la funcionaria de la Fiscalía que ella era la responsable de la droga encontrada, y de haber efectuado la venta ilícita.

A las sustancias incautadas se les practicó la respectiva prueba de campo, las cuales arrojaron resultados positivos para las drogas conocidas como COCAÍNA (fs. 27).

...

Este despacho considera que si bien es cierto se omitió incorporar al sumario la resolución donde se autorizaba llevar a cabo la diligencia de compra controlada de drogas; no es menos cierto que si contamos con la orden que dispone...

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