Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 15 de Julio de 1997

PonenteRAFAEL A. GONZÁLEZ
Fecha de Resolución15 de Julio de 1997
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La Licenciada R.J.B. presentó acción de habeas corpus a favor de la joven EYRA DEL CID, contra el Director de la Policía Técnica Judicial.

Acogido el recurso se libró mandamiento contra la autoridad acusada, quien respondió mediante Oficio Nº A. A-0744-97 de 11 de julio de 1997, lo siguiente:

"1. No es cierto que hemos ordenado la detención de la señora EYRA DEL CID.

  1. No tiene razón de ser en base al punto anterior.

  2. No tenemos bajo custodia ni a nuestras órdenes a la prenombrada EYRA DEL CID. No obstante, tenemos conocimiento que la precitada fue puesta en libertad, por así ordenarlo el F.A. de la República, mediante Oficio Nº 10659-FAR, calendado 9 de julio de 1997." (Foja 5).

Del informe transcrito se colige que la beneficiaria de la presente acción constitucional fue puesta en libertad, razón por la cual debe ordenarse el cese del procedimiento, al tenor de lo dispuesto por el artículo 2572 del Código Judicial.

En consecuencia, EL PLENO DE LA CORTE SUPREMA, administrando justicia en...

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