Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 15 de Octubre de 1998

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución15 de Octubre de 1998
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El Licenciado U.M.T., interpuso acción de habeas corpus a favor de la señora H.T.A., contra el Fiscal Primero Especializado en Delitos Relacionados con Drogas.

Acogido el recurso, se libró mandamiento de habeas corpus contra la autoridad acusada, quien respondió mediante Oficio No. 4087-98 de 25 de septiembre de 1998 y en el que se señala lo siguiente:

"1º. Si es cierto que se ordenó la detención preventiva de la señora H.T.A.. Dicha decisión fue emitida mediante Resolución fechada 21 de septiembre del año que recurre (fs. 54-55).

  1. Los fundamentos de hecho y de derecho que motivaron la actuación atacada los exponemos a continuación:

    A. FUNDAMENTOS DE HECHO:

    De acuerdo al informe de novedad policial, unidades de la Policía Nacional, detuvieron a las ciudadanas H.T. ALTAMIRANO DE ROJAS y M.J. ROJAS DE CARRERA, a través de diligencia de allanamiento, en el sector de La Chorrera, barriada "El Marañonal", calle principal, residencia No. 2000.

    Los hechos que motivaron la presente diligencia se dieron el pasado 17 de septiembre de los corrientes, luego de efectuar una compra controlada de drogas, toda vez que se tenía información referente a que en la residencia de marras dos ciudadanas de nombre H.T. ROJAS DE ALTAMIRANO y M.J.R., se dedicaban a la venta y distribución de sustancias perniciosas; razón por la cual se ordena llevar a cabo la diligencia en comento, procediéndose a realizar dicha compra con cuatro billetes de un dolar previamente fotocopiados y autenticados por este despacho, obteniéndose de la misma, la compra de cuatro sustancias sólidas de color crema que presumen sea droga (cocaína).

    Como consecuencia de lo anterior se procede a realizar el allanamiento respectivo, encontrándose presentes en el lugar las señoras antes mencionadas, las cuales fueron sometidas a un registro riguroso detectándosele a la señora M.J.R., en el bolsillo izquierdo del pantalón la cantidad de veintiséis dólares ($26.00), dentro de los cuales se encontraban los cuatro billetes marcados, corroborándose con este indicio la veracidad de las informaciones obtenidas (fojas 21-24).

    Este despacho con el propósito de esclarecer los hechos le recibe declaración indagatoria a la inculpada H.T.A. DE ROJAS, quien niega todos los cargos endilgados a su persona, señalando que el dinero incautado le pertenece a su hija, sin embargo, señala a lo largo de su deposición que les mencionó a los agentes del orden público, que en efecto se habían encontrados los...

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