Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 16 de Julio de 1999

PonenteJOSÉ A. TROYANO
Fecha de Resolución16 de Julio de 1999
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El señor S.H.M. interpuso ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, acción de habeas corpus preventivo a favor de MARCO A.R., y reparador a favor de J.Á.R., éste último detenido preventivamente en el centro carcelario de la Policía Técnica Judicial, por su presunta participación de delito contra la Salud Pública (drogas).

En los hechos de la acción, expuso el Sr. M. que J.Á.R. tiene más de un año de estar detenido, y que MARCO RODRÍGUEZ se encuentra en libertad, pero que pende contra él una orden de detención emitida por el Fiscal de Drogas, y que el expediente se inició hace más de 12 meses, sin que se haya dictado la Vista Fiscal.

Que el 12 de junio de 1998 en el Aeropuerto Internacional de Tocumen, efectivos de la P.T.J. incautaron 63 planchas contentivas de una sustancia que resultó ser cocaína, y que fue denunciada por el Inspector del Aeropuerto. Entre la documentación incorporada al expediente, resalta el número de guía 230-3168256 en la que aparece como propietario de la carga la Empresa VILDEMAR PANAMÁ, S.A., los números de cédula de MARCO RODRÍQUEZ y JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZ.

Que dentro de la documentación en comento, no aparece nada que incrimine -según el actor- a M.A.R. como propietario de la carga o de la empresa VILDEMAR PANAMÁ, S.A., sino que M.R. era chofer de dicha compañía.

Que al notificársele a la empresa por teléfono lo sucedido, se presentaron A.O.R., F.M. y J.Á.R., siendo detenidos los dos últimos.

Que tanto las pruebas recabadas como la sustancia ilícita incautada, nunca se les presentó a los imputados en sus indagatorias, menos aún si la reconocían, la clase y modo del tipo de sustancia.

Resalta el actor que en partes del expediente se menciona el término "cocaína" y en otros "crack", y que es ilógico exportar crack-residuo de cocaína; por todo ello, no existe elemento contundente que vincule a los beneficiarios de esta acción en al delito de Tráfico Internacional de Drogas, como dinero, bienes a su nombre, vehículos a motor, propiedades, etc.

La Oficial Mayor de la Secretaría General de la Corte Suprema, A. de G., adjuntó un informe al cuadernillo de habeas corpus en el que señala que en dos ocasiones se han presentado acciones de habeas corpus similares a favor de JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZ contra el F.S. Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, bajo la Ponencia del Magistrado J.T..

Luego se libró el mandamiento de habeas corpus contra el funcionario acusado, de cuya respuesta resaltan los siguientes aspectos.

  1. Que ese Despacho dictó la orden de detención preventiva contra M.A.R. y JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZ el 13 de junio de 1998, por su presunta vinculación al delito...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR