Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 17 de Marzo de 2000

PonenteHUMBERTO A. COLLADO T
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2000
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

Ingresó, al Pleno de la Corte Suprema de Justicia, la acción de habeas corpus interpuesta por el Licenciado M.P.C., a favor de K.B.F., y en contra del Fiscal Primero Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, Licenciado R.M..

Librado el mandamiento que exige la ley, el funcionario acusado remitió su informe de conducta en donde indicó que, en efecto, mediante resolución de 21 de diciembre de 1999 ese despacho ordenó la detención preventiva del señor K.B.F., teniendo como fundamentos de hecho y de derecho lo siguiente:

"SEGUNDO: Los fundamentos de hecho que inspiraron dicha decisión tienen sus inicios el pasado catorce (14) de diciembre del año 1999, cuando fueron retenidos los ciudadanos de nacionalidad estadounidense BONITA TOMLINSON PARK y KENNETH BERNARD FIELDS por inspectores de Aduana de la Zona Aeroportuaria, debido a su presunta vinculación con un delito enmarcado de manera genérica en el Capítulo V, Título VII del Código Penal, es decir, por delitos CONTRA LA SALUD PÚBLICA Relacionado con Drogas.

Los hechos tienen su inicio, cuando inspectores de Aduana fueron avisados de la presencia de unas maletas que presentaron anomalías. Una vez ubicadas las maletas fueron revisadas en presencia de los respectivos dueños, los cuales respondieron a los nombres B.K.F. (sic) y BONITA TOMLINSON PARK de nacionalidad estadounidense quienes viajaban justos con destino a Memphis, Tennessee, Estados Unidos. Al revisar la maleta colillada DL 232-928 perteneciente a BONITA TOMLINSON PARK la cual matenías dos envases de almidón en spray que levantaron las sospechas de los inspectores, por lo que se procedió a perforarlos brotando de los mismos polvo blanco, el cual fue sometido a una prueba de campo arrojando una coloración positiva para la droga conocida como COCAÍNA.

Este Despacho consideró que existían elementos indiciarios que justificaban la recepción de indagatorias a los prenombrados. En las mismas B.T. manifestó que quería declarar en presencia de su abogado tal y lo prevé el artículo 22 de la Constitución Panameña. Por su parte él (sic) señor K.B. señalo (sic) que el (sic) conoce a la joven BONITA TOMLINSON y que la había invitado a veranear a Panamá toda vez que en su país hace mucho frío. Agrega que a él se le dio (sic) un dinero producto de una indemnización y con el mismo aprovechó para irse de viaje con la joven TOMLINSON. Aduce que tenía setecientos a ochocientos dólares ($700.00 u 800.00) a su arribo a Panamá y...

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