Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 17 de Mayo de 1996

PonenteJOSÉ MANUEL FAÚNDES
Fecha de Resolución17 de Mayo de 1996
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El señor N.A.H. ha interpuesto acción de habeas corpus a favor de la señora LOU XUE YING, ciudadana de nacionalidad china, quien se encuentra detenida desde el día 19 de abril de 1996 a órdenes del Director Nacional de Migración y Naturalización del Ministerio de Gobierno y Justicia.

Acogida la presente acción, se libró mandamiento de Habeas Corpus contra el aludido funcionario, quien mediante Nota Nº DNMYN-128-96 de 29 de abril de 1996 rinde su informe de conducta:

"A. Es cierto que ordenamos la detención de la señora LOU XUE YING, de nacionalidad china, en vista de que la misma trató de usurpar la identidad de otra ciudadana por no portar documentos que acrediten su estadía en Panamá.

B. Los motivos de hecho en que se fundamenta la detención de la señora LOU XUE YING, de nacionalidad china, son:

PRIMERO

Que, el día 18 de abril, la señora PON YAP GI, PAN YE MIAN, residente en nuestro país desde el mes de noviembre de 1992, y con cédula de identidad personal Nº E-8-60372, se apersonó a nuestras oficinas a obtener un permiso de regreso, ya que la misma tenía intención de viajar.

SEGUNDO

Que, al momento de tomarse la foto del respectivo carnet, la señora LOU XUE YING, hizo uso del respectivo recibo de pago de la señora PON YAP GI, PAN YE MIAN, haciéndose pasar por ella, tal como lo muestra la fotocopia del carnet de regreso que acompañamos a este escrito.

TERCERO

Que, en la actualidad la señora LOU XUE YING, se encuentra indocumentada y desde su llegada al país en 1993, la misma no ha tramitado ningún tipo de documentación.

CUARTO

que, es evidente y claro la usurpación de identidad realizada por la señora LOU XUE YING, de nacionalidad china, y del cual la misma se veía beneficiada, puesto que con dicho carnet la mencionada ciudadana podría salir y entrar del país sin necesidad de visa autorizada, puesto que se haría pasar como residente.

Los fundamentos de derecho están basados en los preceptos legales contenidos en el Decreto-Ley Nº 16 del 30 de junio de 1960, modificado por el Decreto-Ley Nº 13 del 20 de septiembre de 1965 y la Ley 6ta., del 5 de marzo de 1980, específicamente los Artículos 36, 65, 68, 80 y 85, ...

...

C. La señora LOU XUE YING, de nacionalidad china se encuentra a nuestras órdenes para su deportación, ordenada mediante Resolución Nº 1489 del 23 de abril de 1996, por estar indocumentada y por usurpación de identidad. ..." (Fs. 4 y 5).

Adjunto al informe de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR