Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 18 de Julio de 2001

PonenteJOSÉ MANUEL FAUNDES R
Fecha de Resolución18 de Julio de 2001
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

Al Pleno de la Corte Suprema de Justicia ingresó la acción de hábeas corpus interpuesta por el licdo. F.A.L., contra el Fiscal Primero Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, en favor del señor E.S.M., a quien se le sigue proceso por delito contra la salud pública.

El accionante, sostiene que el señor S.M. se encuentra recluido en el Centro Penitenciario La Joya desde el 21 de marzo del presente año a ordenes de la Fiscalía Segunda de Drogas, e indica que se le atribuye supuesto delito contra la salud pública expresando además, con soporte jurídico en el artículo 26 de la Constitución Nacional, que su inconformidad es contra la orden de allanamiento impartida por la Corregidora de B.P., alegando que la misma no reúne las formalidades que exige la ley, puesto que "dicha diligencia de allanamiento, que sirvió de base para iniciar la investigaciones en contra de nuestro representado, no contiene un fin específico, ni motivación alguna" fundamentando la misma en el artículo 26 de la Constitución Nacional.

Librado el mandamiento que exige la ley, el funcionario acusado mediante Oficio No. FD2-T01-1909-01 remitió su informe de conducta en el cual indica haber ordenado la detención preventiva del prenombrado mediante Resolución de 26 de marzo del presente año y en cuanto a los fundamentos de hecho explicó:

"La orden decretada contra el señor B.E.S.M., surge luego de que las unidades policiales con el apoyo de la Corregiduría de B.P. efectúan diligencia de allanamiento, en el sector 5, de Sinaí, Samaria, residencia # 598, en donde fueron recibidos por el señor B.E.S.M., al cual le explicaron los motivos de la diligencia y se le preguntó si mantenía dentro de su residencia algo ilegal, a lo que el mismo hizo entrega de manera voluntaria un cartucho plástico que mantenía cincuenta y cinco (55) cigarrillos elaborados en papel de color blanco, que contenían hierba seca, que se presume sea droga (marihuana), un cartucho de regular tamaño que contenía cierta cantidad de hierba seca, una bolsita plástica que en su interior contiene polvo blanco que se presume sea droga (marihuana) una bolsita plástica que en su interior contiene polvo blanco, se presume sea droga (cocaína) y un cartucho que contiene treinta y dos (32) carrizos plásticos transparentes contentivos de polvo blanco que se presume sea droga (cocaína)".

Si bien el recurrente no ataca los elementos probatorios que vinculan al imputado con el delito que se investiga, sino contra...

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