Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 19 de Junio de 1997

PonenteFABIÁN A. ECHEVERS
Fecha de Resolución19 de Junio de 1997
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado A.P. ha presentado ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia acción de habeas corpus a favor de ZENG WEI SHENG y contra el Director Nacional de Migración y Naturalización.

Por acogida la iniciativa constitucional, se libró mandamiento de habeas corpus contra la autoridad demandada quien, mediante nota Nº DNMYN-179-97 de 10 de junio del año en curso, rindió el informe de rigor, en el que manifiesta haber ordenado la detención del beneficiario de esta acción mediante resolución DNMSI-0495 de 2 de junio de 1997. Como fundamentos fácticos de la medida expresa el funcionario en su informe: a) que W.S. fue remitido a su despacho por la Dirección Nacional de Corrección, procedente del centro penitenciario La Joyita, con el objeto de que se verificara su status migratorio, por cuanto que al momento de su detención no portaba documento alguno que acreditara su residencia legal en el país; b) que, según información de la Policía Técnica Judicial, W.S. fue investigado y aprehendido por agentes de esta institución "en los precisos momentos en que practicaban (sic) en las actividades de secuestro del señor J.C." (f. 24); c) que el detenido no es persona bona fide y que sus actuaciones atentan contra la seguridad y el orden público del país, por cuanto "constituye un inminente peligro para la sociedad panameña" (f. 25). Agrega que dictó también la resolución Nº 3937 de 6 de junio del año que decurre ordenando su deportación y que se le canceló la residencia definitiva que le fuera otorgada.

Con la contestación del mandamiento, la autoridad demandada remitió fotocopias de documentos que se presume conforman el expediente migratorio del detenido, entre los que se encuentra la hoja de filiación del Registro de Inmigrantes. A foja 33 del cuaderno reposa copia de la Resolución Nº DNMST-0495 de 2 de junio de 1997, mediante la cual se decreta la detención acusada "por motivos de seguridad y de orden público". Igualmente figura en el cuaderno copia de la Resolución Nº 3937 DNMYN de 6 de junio de este año, mediante la cual se ordena la deportación (fs. 30-31).

ANTECEDENTES

Según dan cuenta tanto el libelo de habeas corpus como el informe rendido por la autoridad de migración, Z.W.S. fue aprehendido el 13 de mayo del año en curso por unidades de la Policía Técnica Judicial, por encontrarse supuestamente involucrado en el delito de secuestro cometido en perjuicio de J.C.L..

Luego de su detención y posterior filiación en...

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