Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 22 de Octubre de 2002

PonenteALBERTO CIGARRUISTA CORTEZ
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2002
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

Ha ingresado al Pleno de la Corte Suprema de Justicia, en grado de apelación, la acción constitucional de Hábeas Corpus interpuesta por el Licenciado J.A.H. a favor de F.J.C., contra de la Fiscalía Segunda de Circuito de Chiriquí.

La resolución que se apela es la sentencia penal de fecha 23 de agosto de 2002, proferida por el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, a través de la cual se declaró legal la detención preventiva de F.J.C., sindicado por el delito contra la vida y la integridad personal, en perjuicio de A.H.C. CASTILLO. La anterior resolución se basó en los siguientes hechos:

A...que el señor A.H.C.C., se presentó el día 19 de agosto de 2002, ante la Fiscalía Segunda del Circuito de Chiriquí en Turno, con el objeto de formular denuncia en contra de un sujeto de apellido C. el cual apodan APancho@, por haberlo herido con arma de fuego en la pierna derecha; hecho este ocurrido el sábado amanecer domingo 18 de agosto de 2002, aproximadamente a la 3:30 de la madrugada ya que se encontraba fuera del baile que se efectuaba en el Rancho Comunal de M. delN. en compañía de A.C., R.C. y J.C., cuando sintió un impacto de bala en la parte trasera del muslo derecho. Sigue relatando que cuando A.@ lo hirió fue perseguido por sus acompañantes y mientras se le daba persecución, APancho@ seguía disparando logrando herir a dos personas más, una conocida como ASandy@ cuyo nombre es D. De Gracia y la otra apodada A.@ que responde al nombre de W.O..

Agrega además que aproximadamente hace un mes, allí mismo en el rancho comunal de M. delN.A.@ le dio un botellazo en la cabeza, por la espalda y se agarraron a pelear y éste lo amenazó con tirarlo.

En las sumarias a fojas 27-28, se encuentra la declaración de D.S. De Gracia, recluido en el Hospital Regional de esta ciudad y quien al ser interrogado manifestó que para la fecha de autos se encontraba en una actividad bailable en el Rancho Comunal de M. delN., cuando de repente siente un impacto de bala en el glúteo derecho y cayó.

Agrega además, que no sabe quien lo hirió pero que había escuchado rumores de que el tal A.@ tenía un arma.

Por otro lado, tenemos los informes rendidos por los agentes Andy A.Castillo (fs 12-13) y E.P. (fs 14-15), los cuales se afirman y ratifican del contenido de los mismos, en los cuales el primero deja constancia que al momento de hacer el allanamiento a la residencia de la señora Evidelia Montes se encontraba el sujeto F.J.C., a quien le solicitó los acompañara a la policía para las averiguaciones, quien se rehusó y entró en forcejeo con el C.J.G. por lo que tuvieron que usar las esposas.

Agregó además que no se recuperó el arma de fuego ni artículos de dudosa procedencia. El segundo señala los daños de los que fue víctima la residencia de la señora Montes. Además, manifiesta que al salir a recorrer el área para tratar de ubicar a los antisociales, le prestó los primeros auxilios a tres ciudadanos que se encontraban impactados de bala.

Al ser sometido a los rigores de la indagatoria, F.J.C., manifiesta que para la fecha de los hechos se encontraba en un actividad bailable que se realizaba en Mata del N.. Señala además que como el cargaba un pasamontañas un sujeto se lo quería quitar y como no deseaba pelear, salió corriendo y fue entonces...

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