Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 23 de Diciembre de 1997

PonenteEDGARDO MOLINO MOLA
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 1997
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado A.V. actuando en nombre y representación de Á.L.V.R., ciudadano de nacionalidad colombiana, ha presentado acción de habeas corpus contra el Director Nacional de Migración y Naturalización, por considerar que la privación de libertad que sufre es ilegal.

ARGUMENTO DEL ACTOR

Manifiesta el actor que el día 20 de octubre del presente año, Á.L.V.R., fue detenido ilegalmente por unidades de la Policía Nacional que se encuentran en el Darién, y fue trasladado, a las instalaciones de la Dirección de Migración en Panamá, sin presentar orden escrita que justificara tal acción. Que el señor R.V. tiene muchos años de vivir en Panamá.

Continúa exponiendo el afectado, que en la actualidad se encuentra el precitado detenido a órdenes del Director Nacional de Migración y Naturalización, donde se presume que existe una orden de deportación en base a cargos falsos y carentes de toda prueba presentados por los miembros de la Policía Nacional.

Finalmente afirma el recurrente, que se han violado los artículos 19, 21 y 22 de la Constitución.

MANDAMIENTO DE HABEAS CORPUS

Mediante Resolución de 4 de diciembre de 1997, el M.S. acogió la referida acción y de inmediato libró mandamiento de habeas corpus, el cual fue contestado por el Director Nacional de Migración y Naturalización, por medio de la Nota Nº DNMYN-420/97 de 5 de diciembre de los corrientes.

De acuerdo a lo señalado por el Funcionario demandado, el señor Á.L.R. , fue detenido, luego que fue remitido mediante Oficio Nº 588-DIIP-DIV-97 de 24 de octubre de 1997 ante su Despacho, por el Director de la Dirección de Información e Investigación Policial de la Policía Nacional. Que la detención se ordenó mediante Resolución Nº DNMSI-0785 de 24 de octubre de 1997, y obedeció a motivos de seguridad y orden público.

También indica el J. de Migración, que el señor R.V., fue aprehendido físicamente, en virtud de que fue identificado en la Provincia de Darién (Capetí), como colaborador de los miembros de la guerrilla colombiana, a quienes le brindan servicio de apoyo logístico, refugio en sus residencias y cualquier otra necesidad que ellos requieran.

Encontrándose la acción de habeas corpus en estado de resolver, los Magistrados que integran el Pleno proceden al examen pertinente.

DECISIÓN DEL PLENO

El señor Á.L.R.V., fue detenido en la Provincia de Darién, específicamente en Capetí, en razón de que los moradores del lugar lo identificaron como colaborador de la guerrilla colombiana, la cual...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR