Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 24 de Enero de 1996

PonenteELIGIO A. SALAS
Fecha de Resolución24 de Enero de 1996
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

En grado de Apelación ha ingresado a esta Corporación el expediente contentivo de la acción de habeas corpus propuesta a favor de R.C. CASTILLO, R.P.S., HUMBERTO DE LA ESPADA y SIMEÓN DE LA ESPADA contra el Fiscal Primero de Circuito de Colón.

El Segundo Tribunal Superior mediante resolución de 27 de noviembre de 1995 (fs. 9 a 12) resolvió declarar LEGAL la detención preventiva dictada contra de los prenombrados sindicados, en base a los siguientes razonamientos:

"...

Del examen de las constancias sumariales respectivas se colige con claridad que la situación de los beneficiarios de esta demanda es la siguiente: Unidades de la Policía tuvieron conocimiento el día 24 de septiembre en horas de la mañana, que varios sujetos torturaban e intentaban secuestrar a un sujeto de nombre A.G., quien aparentemente se había encontrado un cargamento de varios kilos de cocaína en los montes de la comunidad de Piña, en la Costa Atlántica de C., con la intención manifiesta de hacerse de la droga en mención.

Al dar la voz de alerta un hermano del sujeto que intentaban hacer hablar o secuestrar, los imputados se dieron a la fuga, siendo interceptados por la Policía a la altura de un puente, procediendo estos sujetos a lanzar al agua varias armas de fuego y admitiendo, en ese instante, que pensaban despojar de la droga a GONZÁLEZ para comercializarla y resolver así algunos apuros económicos.

Con esta información, varias unidades de la Policía se internaron en la selva, en compañía de dos de los detenidos, logrando encontrar la cantidad de 75 kilos de cocaína.

R.G.R. y A.G.R. admitieron haber encontrado la droga, por causalidad, señalando que luego de esto fueron atacados por dos grupos de personas distintos, los cuales trataban de hacerse con la droga encontrada.

Se desprende con claridad meridiana, según lo recopilado en autos hasta el momento, que los beneficiarios de esta acción constitucional se encuentran dentro del último grupo de sujetos arriba mencionados, los cuales fueron capturados en plena faena, cuando trataban de apropiarse del cargamento de la sustancia ilícita, y no precisamente para destruirla.

Se trata de más de dos personas que se pusieron de acuerdo para tal finalidad, por lo que esta M. es del criterio que, mientras no se incorporen en autos nuevos elementos de juicio que indiquen lo contrario, estamos hasta el momento en presencia de una asociación ilícita para delinquir en delitos relacionados con drogas, ya que su intención única era hacerse del cargamento ilícito para su posterior comercialización.

En lo que refiere a formalidades legales, obsérvese que la detención preventiva que guardan actualmente los señores CEBALLOS CASTILLO, P.S., H.Y.S. DE LA ESPADA, fue dispuesta por autoridad competente mediante resolución escrita y motivada, con fundamento en razones de hecho y Derecho, ya explicados, por lo que ajustándose tal detención a las formalidades legales...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR