Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 24 de Mayo de 1994

PonenteEDGARDO MOLINO MOLA
Fecha de Resolución24 de Mayo de 1994
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El señor E.F.M. actuando en su propio nombre, ha presentado acción de habeas corpus contra el Señor Procurador General de la Nación, por considerar que la deten-ción que sufre, es ilegal.

Una vez acogida la acción y librado el mandamiento de habeas corpus en fecha de 4 de mayo de 1994, el señor Pro-curador General de la Nación contestó el libramiento mediante memorial DPG-SD-3089-94 con data del 5 de mayo de 1994 reci-bido en la Secretaría General de la Corte Suprema el 11 de mayo del año que decurre, en el que se señala:

A. La orden de detención fue ordenada por escrito por este Despacho mediante resolución de fecha cinco (5) de abril de mil novecientos noventa y cuatro (1994).

B. Los motivos de hecho para ordenar la detención de EDUARDO F.M.W., en síntesis, se centran en que el día martes vein-tinueve (29) de marzo de mil nove-cientos noventa y cuatro (1994), el señor C. de El Chorrillo prac-ticó diligencia de allanamiento en calle 19 Este, El Chorrillo, Casa Nº 8A-12, cuarto Nº 21, en donde reside el prenombrado MITCHELL WELLINGTON, encontrando en el altillo del cuarto, entre otras cosas, un envoltorio de papel amarillo contentivo de cierta cantidad de hierba seca que se presume sea MARIHUANA.

A la sustancia encontrada durante la diligencia de allanamiento en donde reside MITCHELL WELLINGTON, se le practicó diligencia de campo produciendo resultados positivos para la determinación de presunta droga MARIHUANA.

El prenombrado EDUARDO FRANCISCO MITCHELL WELLINGTON fue indagado (fs. 12-14), en donde manifestó que `... revisaron el altillo ... y encontró-el guardia- dicha sustancia ilícita y eso se encontraba mojado y eso no se puede vender ni fumar ...'

Por otro lado, durante la declaración indagatoria, MITCHELL WELLINGTON, fue interrogado con relación a si el mismo se dedicaba a la venta o consumo de sustancias (sic) ilícitas, negando en todo momento esto. Sin embargo, está visible a foja 26 del su-mario, informe S. en donde consta que EDUARDO FRANCISCO MITCHELL WELLINGTON estuvo a órdenes de este despacho por estar sindicado, igualmente, por el delito de TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS.

El fundamento de derecho para ordenar y mantener la detención preventiva del prenombrado EDUARDO FRANCISCO MITCHELL WELLINGTON se encuentra en los artículos 2148 y 2159 del Código Judicial.

Esta Superioridad procede en primer término al estudio de los elementos que constan en el cuadernillo contentivo de la instrucción sumarial de EDUARDO MITCHELL, iniciada el 5 de abril de 1994, en virtud del hallazgo en su residencia ubicada en el Chorrillo, de supuestas...

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