Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 24 de Junio de 1999

PonenteJOSÉ A. TROYANO
Fecha de Resolución24 de Junio de 1999
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El señor R.F., detenido en el Centro Penitenciario La Joya, por su presunta participación en la comisión de delito contra la Salud Pública (drogas), ha interpuesto en su propio nombre acción de habeas corpus contra el Fiscal Primero Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, funcionario a cuyas órdenes se encuentra, mediante Oficio Nº FD.01T02-4960 (según se entiende).

De su escrito se desprende que las pruebas adscritas al expediente demuestran que no es responsable; que fue detenido porque se encontraba realizando un trabajo de albañilería al momento de ser allanada la residencia de la Sra. DIGNA.

Que dicha aseveración consta en el expediente principal, que no se le puede sancionar porque no tiene responsabilidad en el caso; que el Funcionario Instructor está obligado a cumplir el principio de presunción de inocencia.

Finalmente, solicitó la sustitución de la detención preventiva que padece, por otra medida menos rigurosa, y que se le aplique el principio in dubio pro reo -interpretación más favorable al detenido.

Recibida la acción, se libró inmediatamente el mandamiento de habeas corpus contra el Fiscal Primero Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, quien lo respondió, señalando -en resumen- lo siguiente:

Que sí ordenó la detención de R.F., mediante providencia de 8 de julio de 1999.

En cuanto a los fundamentos de hecho y de derecho en los que se funda la orden de detención, manifestó que agentes policiales de la SUBDIIP de San Miguelito habían recibido informaciones desde julio y agosto de 1997, referentes a un grupo de personas que vendían drogas en una residencia ubicada en la barriada R.D., lo que los indujo a realizar vigilancias y seguimientos en esas inmediaciones.

Se mencionó como vinculados al ilícito, a un tal DINGUI, su esposo TOÑO, y sus hijos JESICA y LUCHO, lográndose observar a los residentes del lugar, descritos en informes anteriores.

Se solicitó a dicho despacho la autorización para realizar una compra simulada de droga a la residencia en mención, la cual fue autorizada. Se efectuó la compra, e inmediatamente se practicó una diligencia de allanamiento a la residencia S/N en la barriada R.D., en el Corregimiento José Domingo Espinar, lo que permitió encontrar los billetes utilizados en la compra controlada.

Se detuvo a los S.. DIGNA BARAHONA DE PALACIOS, Y.E.P., G.F.T., S.D.R.G.M., A.V.M., R.F. y L.P., quien fue retenido en las inmediaciones del lugar.

También se incautó gran cantidad de dinero...

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