Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 24 de Octubre de 1996

PonenteHUMBERTO A. COLLADO T
Fecha de Resolución24 de Octubre de 1996
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

A.C.M. interpuso acción de habeas corpus a su favor ante el Pleno de la Corte Suprema y contra el F.C. Superior quien, mediante oficio Nº 3173 de 1º de octubre de 1996, manifestó que dicho detenido se encuentra a órdenes del Segundo Tribunal Superior, para la calificación del sumario que se le instruye por el delito de homicidio en perjuicio de T.H.S..

Enderezada la acción hacia el Segundo Tribunal Superior, se libró el respectivo mandamiento de habeas corpus, que fue contestado por el Magistrado ANDRÉS ALMENDRAL, mediante informe de conducta, visible de foja 9 a 10:

"

  1. No es cierto que ordené la detención del recurrente;

  2. Dada la respuesta anterior, me es imposible exponer los motivos de hecho y de derecho que tuve para ello; y

  3. Es cierto que en la actualidad tengo a mis órdenes a dicho detenido, por lo que en esta misma fecha y mediante oficio, cuya copia adjunto, le estoy comunicando al señor Director de la Cárcel Modelo que se sirvan poner bajo vuestras órdenes al señor C.M..

... el señor C.M. se encuentra en la actualidad vinculado en un sumario que se le instruyó en la Fiscalía Cuarta Superior por el delito de homicidio en perjuicio de quien en vida se llamara T.H.S., debido a un incidente cruento acontecido el día 2 de diciembre de 1995 en la Barriada de Curundu del Distrito de Panamá. La Fiscalía Auxiliar de la República, quien fue el primer despacho oficial que tuvo conocimiento de lo ocurrido ordenó la detención preventiva de CAICEDO en los términos de la diligencia escrita que figura de fojas 32 a 34 y que per se explica.".

Consta en el sumario la orden de detención de A.C., a que hace alusión el Magistrado ALMENDRAL; la misma contiene los fundamentos de hecho y de derecho que la motivan, entre los cuales se destaca el hecho de que en las investigaciones iniciales se determinó que el hoy occiso, T.H.S., fue ultimado a tiros el día 2 de diciembre de 1995 frente a la abarrotería LAU en el sector de Curundú, en momentos en que se encontraba con su hermano mellizo T.E.S., quien también resultó herido en un pie, por dos sujetos identificados como ERNESTITO (

  1. CALAVERITA y un sujeto apodado TORD.

Las declaraciones rendidas por T.E.S., indican que el día del suceso, tres sujetos se bajaron de un vehículo Toyota, color chocolate, y al rato escuchó varias detonaciones, empezó a correr y fue alcanzado en el pie izquierdo, pero optó por seguir corriendo, pudiendo percatarse que los sujetos ERNESTITO, TORD, y un tercer sujeto...

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