Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 24 de Noviembre de 1995

PonenteJOSÉ MANUEL FAÚNDES
Fecha de Resolución24 de Noviembre de 1995
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

En grado de apelación ingresó al Pleno de la Corte Suprema de Justicia, la acción de habeas corpus interpuesta por el licenciado M.C.M., contra la FISCAL SEXTA DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMÁ, a favor de M.B.V., detenido en el Centro Penitenciario La Joya, por delito contra el patrimonio.

Acogido el presente recurso, se libró el mandamiento correspondiente contra la FISCAL SEXTA DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMÁ, Licenciada D.E.V.D.C., quien mediante Oficio Nº 4353 de 29 de septiembre de 1995, rinde su informe de conducta en los términos siguientes:

"1. La Fiscalía Sexta del Primer Circuito Judicial de Panamá no ordenó la detención preventiva del señor M.B., la misma fue ordenada por la Fiscalía Auxiliar de la República mediante resolución fechada 11 de julio de 1995, atendible a folios 49-56 del sumario en estudio.

  1. Las razones de hecho y de derecho que motivaron la detención preventiva del sindicado M.B. se encuentran consignadas en la resolución debidamente razonada, la cual indica la vinculación que existe en la persona del sindicado BARRÍA con el ilícito que se le imputa.

  2. En la actualidad el señor M.B. se encuentra detenido a órdenes de la Fiscalía Sexta del Primer Circuito Judicial de Panamá, según el oficio 0380-FAR, fechado 11 de julio de 1995, enviado por la Fiscalía Auxiliar de la República, el mismo se encuentra visible a fojas 57 del sumario. ..." (fs. 9-10).

El Segundo Tribunal Superior de Justicia en la Resolución de 10 de octubre de 1995 apelada, realiza el siguiente relato de los hechos:

"El 4 de julio de 1995 ante la Policía Técnica Judicial, agencia de B. el ciudadano JULIO AROSEMENA MORENO, denuncia el hurto del vehículo Toyota Corolla, color gris, Sedan, año 1987, 4 puertas, motor 4A-3144593, Chasis 4EB2-9014-391, placa Nº 899355, registrado a nombre de su hija ABRIL AROSEMENA, hecho delictivo ocurrido entre 12:30 a. m. a 6:15 a. m. de ese día, del estacionamiento de su casa en El Dorado, Ciudad de Panamá, para lo cual los sujetos violentaron el candado de las verjas del estacionamiento (fs. 15).

A foja 6 consta el informe de novedad, de fecha 7 de julio de 1995, signado por el S.J.R. y el agente J.B., del cual se infiere que encontrándose de ronda en el Sector de Pedregal, aproximadamente a las 7:20 horas; vía radio operador de la estación de don B., fueron informados de un asalto en Pueblo Nuevo a un extranjero, al que despojaron de diecisiete mil balboas (B/.17,000.00), que los sospechosos se...

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