Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 25 de Marzo de 1994

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución25 de Marzo de 1994
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El Licenciado G.G., actuando en representación del señor L.E.O.R., ha interpuesto recurso de habeas corpus en contra del Procurador General de la Nación.

Librado el mandamiento de habeas corpus contra el Procurador General de la Nación, dicho funcionario contestó mediante Nota DPG.SD-1416-E6 de 8 de marzo de 1994, lo siguiente:

"A.- La orden de detención fue dictada por este Despacho mediante resolución calendada diecinueve (19) de noviembre de mil novecientos noventa y tres (1993), funcionarios del Departamento de Investigaciones Técnicas de Aduanas de la Dirección General de Aduanas, practicaron diligencia de allanamiento en las habitaciones 410 y 613 del Hotel Montreal de esta ciudad, toda vez que tenían información de que en esas habitaciones se encontraban unas personas que presuntamente se dedicaban al tráfico de drogas. En la habitación 410, que estaba a nombre de A.H.G., se encontró dos (2) bolsas que tenían doble fondo en cuyo interior habían unos paquetes de forma rectangular, forrados en cinta adhesiva color chocolate, los cuales se le practicó prueba de campo dando positivo par la determinación de Cocaína. Además de esto se encontró prendas personales, documentos y el pasaporte No. AE-182938 del ciudadano colombiano O.B. GALLEGO. En la otra habitación, la No. 613, que estaba a nombre de L.E.O.R., no se encontró sustancia ilícita alguna, sin embargo, se encontró ciertos productos que se presumen son utilizados para la fabricación de los dobles fondos, como lo son: cinta adhesiva color chocolate, un (1) exacto y un (1) aerosol anti-perros. Estos paquetes fueron analizados por el Laboratorio Especializado en Drogas de la Policía Técnica Judicial, produciendo resultados positivos para la determinación de COCAÍNA, en la cantidad de 9,015.0 gramos (fs.138-139), con lo que se acredita la existencia del hecho punible y la vinculación de L.E.O.R. y O.B. GALLEGO al hecho ilícito investigado.

Posteriormente fueron detenidos los ciudadanos colombianos L.E.O.R., con pasaporte No. AE-319155 y O.B.G., con pasaporte No. AE-182938, en el Lobby del Hotel Montreal.

Esta diligencia fue practicada por inspectores de la Dirección General de aduanas, toda vez que había sido detenido en Paso Canoas, Chiriquí, un ciudadano colombiano de nombre A.H.G., cuando se le efectuaba una revisión a un autobus de la línea TICA BUS, encontrándose en un maletín dos (2) bultos con dos (2) paquetes cada uno, los cuales contienen una sustancia compacta color...

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