Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 25 de Julio de 2001

PonenteELIGIO A. SALAS
Fecha de Resolución25 de Julio de 2001
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La firma forense VALLARINO Y ASOCIADOS, en nombre y representación de MIGUEL DE LOS S.R.N., ha interpuesto recurso de apelación contra la Resolución de 25 de junio de 2001 dictada por el Segundo Tribunal Superior de Justicia, que declaró legal al detención preventiva decretada en su contra por estar vinculado a un delito contra el patrimonio.

El Segundo Tribunal Superior al fundamentar su decisión consideró que, aún cuando se trata del delito de hurto, el mismo reviste las características de ser agravado, ya que se cometió de noche y aparentemente entrando a un campo cerrado y destruyendo los obstáculos establecidos para proteger la propiedad, por lo que la pena mínima a ser aplicada supera los 2 años de prisión.

Por su parte, el apoderado judicial sostiene básicamente en que el delito imputado a REINA NAVAS es "tentativa del delito de hurto simple", cuya pena es de 6 meses a 2 años de prisión, por lo cual deviene en ilegal la medida cautelar aplicada. (fs. 18-25)

Corresponde en estos momentos determinar si la medida cautelar aplicada cumple con los requisitos establecidos en la Constitución y la Ley.

A fojas 2 a 3 del expediente reposa la denuncia suscrita por el señor A.B., en representación de la empresa Compañía Marítima de Panamá, mediante la cual pone en conocimiento de las autoridades que, en los depósitos de la misma ubicados en el Parque Albrook de Curundu, en la madrugada del 31 de mayo de 2001, dos sujetos ingresaron y sustrajeron varios artículos de su propiedad. Los sujetos que fueron aprehendidos infraganti por el agente policial motorizado B.V., supervisor del área donde se cometió el hecho punible, fueron MIGUEL DE LOS SANTOS y el menor E.D.M..(fs.27-28)

Consta de fojas 20 a 21, igualmente, el informe rendido por el detective M.C., y, a fojas 22 a 24, el informe del detective Eusebio De León, donde se señala que, luego de realizadas las investigaciones preliminares en las instalaciones afectadas, se pudo determinar que los sujetos que perpetraron el ilícito lograron entrar por un orificio que se encontraba en la parte de abajo de la cerca de los depósitos y posteriormente abrieron las puertas traseras del mismo.

En su declaración indagatoria debidamente ratificada, DE LOS SANTOS REINA aceptó la comisión del hecho punible, manifestó que se introdujo a las instalaciones de la empresa con la finalidad de hurtar varios artículos, en compañía de su cuñado menor de edad, ya que tenía diversas necesidades económicas. Señaló...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR