Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 25 de Agosto de 1994
Ponente | JOSÉ MANUEL FAÚNDES |
Fecha de Resolución | 25 de Agosto de 1994 |
Emisor | Tercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral |
VISTOS:
Esta Corporación acogió recurso de habeas corpus que en su propio nombre interpusiera el señor A.P. GUERRA actualmente detenido en la Cárcel Pública de D., por el supuesto delito de homicidio en grado de Tentativa, R. y contra la libertad individual en detrimento de M.Z.A., hecho ocurrido en 21 de agosto de 1985 y contra el F. Superior del Segundo Distrito Judicial.
Argumenta el recurrente que contra su persona no existen siquiera "pobres indicios o de un supuesto que me incrimine, es por lo tanto que solicitamos a este augusto Tribunal se sirva ordenar inmediatamente mi libertad, ya que consideramos que mi detención preventiva es injusta".
La autoridad acusada, por escrito visible en el expediente, recibido el 3 de agosto de 1994 en la Secretaría General de esta Corporación, informa que sí ordenó la detención preventiva del aludido ciudadano.
En los literales b y c del informe suministrado por el citado funcionario de instrucción se lee lo siguiente:
"B) Al señor A.P.G., se le sindica por el supuesto delito de homicidio en grado de Tentativa, R. y contra la libertad individual en detrimento de M.Z.A., hecho ocurrido el 21 de agosto de 1985.
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La investigación que guarda relación y que al mismo tiempo involucra al señor A.P.G., a los delitos antes descritos, fue remitido a los Magistrados del Tribunal Superior de este Distrito Judicial, mediante V.F. Nº 151 de 13 de octubre de 1992, con el objeto de que se califique con mérito legal correspondiente, como presunto responsable de los delitos de Homicidio con su modalidad de tentativa, R. y contra la Libertad Individual en perjuicio de M.J.Z.A..
Se desprende de este informe que el caso todavía está siendo investigado, por lo que es importante destacar que todo lo relacionado a la estimación de las pruebas que redundan en pro y contra el detenido, será objeto, en su debida oportunidad, de un estudio prolijo a efectos de determinar su culpabilidad o inocencia.
Ahora bien, el objetivo del proceso constitucional del Habeas Corpus no está dirigido a...
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