Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 25 de Noviembre de 1996

PonenteHUMBERTO A. COLLADO T
Fecha de Resolución25 de Noviembre de 1996
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

Ha ingresado al Pleno de la Corte Suprema la acción de habeas corpus interpuesta por el señor J.A.Q.R. en favor de ANTONIO GAITÁN PINTO, y contra el F. Especializado en Delitos relacionados con drogas.

Librado el mandamiento respectivo, el funcionario acusado rindió su informe de conducta en los siguientes términos:

"1. Sí (sic) es cierto que se ordenó la detención preventiva del señor A.G.P., la misma fue decretada mediante Resolución de este Despacho, fechada 29 de mayo de 1996.

  1. La orden proferida contra el señor A.G.P., surge de los señalamientos formulados en su contra, a través de los informes visibles a fojas (5-12) y (17-20) del expediente, así como también del Acta de Allanamiento visible a fojas 14-16, fechada 24 de mayo del presente año.

Los elementos sobre los cuales se fundamenta tal decisión, emergen de los informes de inteligencia y vigilancia remitidos a este Despacho por la Policía Nacional del área "G" de Alcalde Díaz, donde hacen mención de una casa donde es habitada por una señora de nombre Y., quien en asocio de un sujeto apodado "CHINO" se dedican a la venta de sustancias ilícitas.

Por tal razón se le da seguimiento a dicha información y en conjunto con esta Agencia de Instrucción, se procedió al allanamiento del lugar donde fueron encontrados los señores A.G.P. y M.Y.C. y, donde al efectuar el registro del lugar se pudo encontrar en la parte superior del baño de la residencia, un (1) envase contentivo de siete (7) sustancias sólidas de color crema que se presume sean droga (piedra o crack). De igual forma en una cartera de propiedad de la señora M.Y.C. se encontraron cuarenta y seis balboas en billetes de baja denominación, así como también, en otros envases se logró encontrar dinero fraccionado. Se encontró además en la residencia allanada cierta cantidad de bicarbonato de sodio, velas, grilletes, una pipa de fabricación casera, elementos éstos que en conjunto con las denuncia(sic) formuladas por moradores del lugar, donde hacen referencia de que en dicha casa se vendía droga, fuertes indicios de presencia y oportunidad que incriminan a los señores GAITÁN PINTO y CAICEDO DE LEÓN con la comisión de los hechos que se investigan.

Al ser sometidos a los rigores de la declaración indagatoria los señores A.G.P., acepta que la droga incautada era de su propiedad y para consumo personal, mientras tanto la señora M.Y.C. manifestó que desconocía todo en cuanto al hallazgo de la sustancia ilícita en mención, sin...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR