Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 26 de Junio de 2001

PonenteELIGIO A. SALAS
Fecha de Resolución26 de Junio de 2001
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El señor M.V. ha interpuesto acción de habeas corpus a favor de O.O.B. contra el FISCAL PRIMERO ESPECIALIZADO EN DELITOS RELACIONADOS CON DROGAS.

Acogido el recurso, se libró mandamiento de habeas corpus contra la autoridad acusada, quien mediante Oficio No.FD1-T12-2116-01 de 28 de mayo de 2001, rindió su informe, visible de fojas 13 a 17 del cuadernillo principal.

Dicho funcionario explica que la razón para ordenar la detención preventiva del ciudadano O.O.B. tuvo su origen en una operación encubierta autorizada por ese Despacho, a solicitud de la Dirección de Información e Investigación Policial (DIIIP) de la Policía Nacional, tendiente a la incautación de cierta cantidad de pastillas conocidas como EXTASIS que este ciudadano, O.O., pretendía negociar. (fs.1-38)

Manifiesta que el día 28 de julio de 2000, en los estacionamientos del restaurante N.C., se citó el agente encubierto con el señor OSORIO. Los agentes policiales pudieron observar la llegada a los estacionamientos del vehículo mitsubishi galant conducido por O., quien le suministró al agente encubierto una pastilla de color crema, señalando que deseaba realizar la transacción de la droga dentro del vehículo. Al recibirse la señal acordada, las unidades policiales procedieron a capturar al señor OSORIO y a realizar una diligencia de inspección ocular y registro del vehículo, encontrándose dentro de la guantera un paquete de color chocolate con cinta adhesiva que en su interior contenía la cantidad de 1,144 pastillas de color blanco con el logotipo de la marca mitsubishi, presuntamente conocida como la droga "éxtasis".

Agrega que constan en el sumario las diligencias previas llevadas a cabo en una Asistencia Internacional con las autoridades norteamericanas, la cual tuvo como medio una operación encubierta previamente autorizada, en la cual fueron designados como agentes encubiertos dos (2) agentes del Departamento de Control de Drogas (Drug Enforcement Administration (DEA) del Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América, cuyo propósito era contactar a las personas por ellos conocidas con quienes estaban interesados en venderle cierta cantidad de la droga conocida como MDMA en forma de pastillas y cierta cantidad de HEROINA. (fs.68 a 112)

Señala que la droga incautada a O.O. es la misma píldora EXTASIS que negociaron las personas que se reunieron con los agentes de la DEA para la fecha del 27 de junio en nuestro país, resultando ser ANTONIO BRUSAMOLIN y TETJE MOEAR. Concluye el S.F. en que, luego de un estudio de los elementos recabados hasta el momento, se desprende de la investigación la comisión de un delito contra la Salud Pública Relacionado con Drogas y la existencia de una organización criminal dedicada al trasiego de sustancias ilícitas...

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