Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 29 de Enero de 1999
Ponente | ARTURO HOYOS |
Fecha de Resolución | 29 de Enero de 1999 |
Emisor | Tercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral |
VISTOS:
El licenciado A.M.A. ha
interpuesto acción de habeas corpus a favor de V.M.L., contra
el Director de Migración y Naturalización.
Acogido el recurso, se libró
mandamiento de habeas corpus contra el Director Nacional de Migración y
Naturalización, quien mediante la Nota No. DNMYN-003/99 de 15 de enero de 1999,
rindió el informe siguiente:
"a). No es
cierto que se haya ordenado la detención de VICENTE MONTILLA LOBON o JUANITO
CORDOBA BERMUDEZ, de nacionalidad colombiana. El mismo fue remitido mediante
oficio No. 006-DIIP-INV-99 del 5 de enero de 199, por el Director de
Información e Investigación Policial de la Policía Nacional. Posteriormente
este Despacho ordena su detención mediante Resolución No. DNMY-SI 0005 del 5 de
enero de 1999, por motivos de SEGURIDAD y ORDEN PUBLICO.
b). Los
motivos de hecho en que se fundamenta la detención de dicho ciudadano son los
siguientes:
Que V.M.L. o J.C.B., de nacionalidad
colombiana, fue remitido a nuestro despacho mediante oficio No. 006-DIIP-INV-99
del 5 de enero de 1999, por el DIRECTOR de la Dirección de Información e
Investigación Policial de la Policía Nacional.
Que en dicho informe se manifiesta que el nombre real del ciudadano en mención
es J.C.B., Colombiano con Cip. 4.849.554, y el mismo es
requerido por las autoridades colombianas, pues mantiene órdenes de captura por
los delitos de Homicidio y por Poseción Ilegal de Armas. (Ver oficio y notas
adjuntas).
Que, mediante oficio No. 011-DIIP-INV-99 del 6 de enero de 1999, el Director de
Información e Investigación Policial de la Policía Nacional, nos remite el
Informe del Departamento de Criminalística de la Policía Técnica Judicial,
relacionado a la diligencia pericial DACTILOSCOPICA en las huellas del señor
V.M.L., con Cédula de Identidad Personal No. E-8-70305, con la
impresión a tinta del ciudadano J.C.B., con Cédula 4-849-554,
suministrado por el Departamento Administrativo de Seguridad de Colombia con
los datos personales del prenombrado numerado 14463. Pudiendo comprobar que la
impresión plasmada a tinta del ciudadano J.C.B. y el dígito
índice de la mano del pliego a tinta tomado a V.M.L.,
corresponde a la misma persona.
Que, V.M.L., de nacionalidad colombiana obtuvo Permanencia
Definitiva con Derecho a Cédula, mediante Resolución 7562 del 17 de octubre de
1996, acogiendose al Convenio Colombo -Panameño (Ley No. 17 de agosto de 1994).
Que, por las razones expuestas este Despacho ordena la Deportación del
territorio nacional, de V.M.L. o J.C.B., de
nacionalidad colombiana, mediante Resolución 0010 del 6 de enero de 1999, por
razones de SEGURIDAD y ORDEN PUBLICO. Dicha Resolución le fue notificada el 7
de enero de 1999, a las 8:55 AM, negándose a firmar, razón por la cual se
procedió a notificar mediante edicto No. 02 del 7 de enero de 1999,
desfijándose el 12 de enero de 1999. La misma fue ejecutada el 12 de enero del
presente mes.
Los
motivos de derecho están fundamentados en los preceptos legales contenidos en
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