Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 29 de Enero de 1999

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución29 de Enero de 1999
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado A.M.A. ha

interpuesto acción de habeas corpus a favor de V.M.L., contra

el Director de Migración y Naturalización.

Acogido el recurso, se libró

mandamiento de habeas corpus contra el Director Nacional de Migración y

Naturalización, quien mediante la Nota No. DNMYN-003/99 de 15 de enero de 1999,

rindió el informe siguiente:

"a). No es

cierto que se haya ordenado la detención de VICENTE MONTILLA LOBON o JUANITO

CORDOBA BERMUDEZ, de nacionalidad colombiana. El mismo fue remitido mediante

oficio No. 006-DIIP-INV-99 del 5 de enero de 199, por el Director de

Información e Investigación Policial de la Policía Nacional. Posteriormente

este Despacho ordena su detención mediante Resolución No. DNMY-SI 0005 del 5 de

enero de 1999, por motivos de SEGURIDAD y ORDEN PUBLICO.

b). Los

motivos de hecho en que se fundamenta la detención de dicho ciudadano son los

siguientes:

PRIMERO

Que V.M.L. o J.C.B., de nacionalidad

colombiana, fue remitido a nuestro despacho mediante oficio No. 006-DIIP-INV-99

del 5 de enero de 1999, por el DIRECTOR de la Dirección de Información e

Investigación Policial de la Policía Nacional.

SEGUNDO

Que en dicho informe se manifiesta que el nombre real del ciudadano en mención

es J.C.B., Colombiano con Cip. 4.849.554, y el mismo es

requerido por las autoridades colombianas, pues mantiene órdenes de captura por

los delitos de Homicidio y por Poseción Ilegal de Armas. (Ver oficio y notas

adjuntas).

TERCERO

Que, mediante oficio No. 011-DIIP-INV-99 del 6 de enero de 1999, el Director de

Información e Investigación Policial de la Policía Nacional, nos remite el

Informe del Departamento de Criminalística de la Policía Técnica Judicial,

relacionado a la diligencia pericial DACTILOSCOPICA en las huellas del señor

V.M.L., con Cédula de Identidad Personal No. E-8-70305, con la

impresión a tinta del ciudadano J.C.B., con Cédula 4-849-554,

suministrado por el Departamento Administrativo de Seguridad de Colombia con

los datos personales del prenombrado numerado 14463. Pudiendo comprobar que la

impresión plasmada a tinta del ciudadano J.C.B. y el dígito

índice de la mano del pliego a tinta tomado a V.M.L.,

corresponde a la misma persona.

CUARTO

Que, V.M.L., de nacionalidad colombiana obtuvo Permanencia

Definitiva con Derecho a Cédula, mediante Resolución 7562 del 17 de octubre de

1996, acogiendose al Convenio Colombo -Panameño (Ley No. 17 de agosto de 1994).

QUINTO

Que, por las razones expuestas este Despacho ordena la Deportación del

territorio nacional, de V.M.L. o J.C.B., de

nacionalidad colombiana, mediante Resolución 0010 del 6 de enero de 1999, por

razones de SEGURIDAD y ORDEN PUBLICO. Dicha Resolución le fue notificada el 7

de enero de 1999, a las 8:55 AM, negándose a firmar, razón por la cual se

procedió a notificar mediante edicto No. 02 del 7 de enero de 1999,

desfijándose el 12 de enero de 1999. La misma fue ejecutada el 12 de enero del

presente mes.

Los

motivos de derecho están fundamentados en los preceptos legales contenidos en

el Decreto Ley No. 16 de 30 de...

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