Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 29 de Abril de 1999

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución29 de Abril de 1999
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

En grado de apelación, ingresó al Pleno de la Corte Suprema de Justicia, el cuaderno contentivo de la acción de habeas corpus interpuesta por el licenciado F.M.A. contra la Juez Sexta de Circuito de Chiriquí, Ramo Penal.

La resolución impugnada es la proferida por el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial el 23 de marzo de 1999, mediante la cual se declaró legal la detención preventiva dictada contra C.A.M., a quien se le sigue proceso por delito contra el pudor y la libertad sexual en perjuicio de la menor G.Z.M..

La decisión de dicho tribunal se fundamenta en que se han satisfecho los requisitos legales establecidos en el artículo 2159 del Código Judicial.

Por su parte el apoderado judicial de C.A.M. señala que la detención es ilegal básicamente porque "del informe médico legal se desprende que contra dicha menor no se había ejercido violencia física, no ha sido desflorada, no presenta señales de coito, ni se configura absolutamente ninguno de los elementos básicos del hecho punible que se esta investigando ..."

Este proceso tiene sus inicios cuando el 15 de septiembre de 1998 la señora N.G.H. suscribe formal denuncia ante la Policía Técnica Judicial de D., por el delito de violación carnal en perjuicio de su hija menor de once (11) años de edad G.S.M.G..

El Pleno observa que en la denuncia se señaló originalmente al señor J.A.T. como el autor del delito, sin embargo de fojas 14 a 16 del expediente en la ampliación a la denuncia presentada por la señora N.G.H. ésta señala que su hija le manifestó que el señor C.A. fue el que abuso sexualmente de ella y agrega que al apersonarse a la residencia de este y cuestionarlo ante ella, la menor y su esposo, A. aceptó haber tenido relaciones con su hija.

También cuenta el expediente con la declaración jurada del padre de la menor O.M.A. quien corrobora lo expresado por su esposa y señala que luego de encarar a la ofendida con el imputado, éste último les confesó haber tenido relaciones sexuales con la agraviada y le ofreció dinero para que nadie se diera por enterado, lo cual el no aceptó. (fs. 21-24)

En su ampliación a la declaración jurada a foja 17 la menor G.S.M. señala que C.A. en varias ocasiones ha sostenido relaciones sexuales con ella en contra de su voluntad y que bajo amenazas le dijo que no le dijera nada a nadie. Manifiesta que CRISTOBAL le decía "que si alguna vez mi mamá se daba cuenta de eso que no dijera que él me hacía eso, sino que dijera que otro muchacho me lo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR