Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 9 de Septiembre de 1994

PonenteFABIÁN A. ECHEVERS
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 1994
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

A.D. presentó ante esta Corporación acción de habeas corpus a favor de V.D.P.A., quien se encuentra detenido preventivamente en la Cárcel Modelo, acusado por el delito de posesión ilícita de drogas.

De acuerdo con el informe de conducta y con los antecedentes que remitió el Procurador General de la Nación, contra el sumariado fue decretada el 18 de julio de 1994 orden de detención fundada en los artículos 2148 y 2159 del Código Judicial. La restricción de la libertad corporal que ahora sufre P.A. tiene su origen en hechos ocurridos la noche del 16 de julio del año en curso, cuando fue sorprendido por agentes de policía que realizaban una ronda por el sector de C., cuando el imputado arrojó un objeto que tenía en su mano derecha. Una vez recogida la evidencia resultó ser dos sobrecitos de un polvo blanco que se presumió sustancia ilícita.

Según dan cuenta los antecedentes del caso, durante la fase de investigación preliminar se realizó la prueba de campo del contenido de los sobres, con resultados positivos para la droga conocida como cocaína (f. 4).

Consta en los antecedentes del negocio constitucional que las sumarias fueron iniciadas mediante diligencia cabeza de proceso de 18 de julio de 1994 (f. 3). En la misma fecha se indagó al imputado y se ordenó su detención preventiva (fs. 5-8, 9-10). En su declaración indagatoria el imputado negó dedicarse a la venta, consumo o tráfico de sustancias ilícitas (f. 7).

Con conocimiento de estos hechos, se pasa a decidir sobre la legalidad de la medida acusada.

El Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público, mediante Oficio DPG-SD-903-90 de 9 de abril de 1990, ha determinado la medida posológica de cocaína destinada al consumo, así:

"Cocaína: (B. metilo ecgonina). El clorhidrato de cocaína es la forma más habitual de la cocaína, que más o menos adulterada se usa para inyectar o inhalar. La cocaína es el activo de la sustancia. Es un alcaloide de color cristalino blanco y tiene efecto animales o seres humanos. Se le encuentra en las hojas de coca. Eritroxilea coca y actúa como estimulante sobre el sistema nervioso central. La dosis vía oral es de 0.2 a 0.4 gramos. La dosis media de cocaína es de 0.2 a 0.3 gramos. La dosis por inhalación que produce efectos es de 0.03 a 0.05 gramos. En los adictos la dosis por ingestión es de 1 a 1.5 gramos."

A los efectos de considerar la normativa vigente en materia de drogas es preciso recurrir a la ley 13 de 27 de julio de 1994, publicada en Gaceta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR