Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 12 de Septiembre de 1997

PonenteFABIÁN A. ECHEVERS
Fecha de Resolución12 de Septiembre de 1997
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado H.M.B. presentó ante el Juez Segundo Municipal del Distrito de Panamá acción de habeas corpus, sin fecha, en favor de J. delC.O.M. y R.A.B., de quienes dice se encuentran privados de su libertad. La acción fue enderezada inicialmente contra el "jefe o encargado del DIIP del corregimiento de Alcalde Díaz", funcionario que, al ser requerido para que informara sobre el mandamiento librado en su contra, señaló que las personas antes indicadas habían sido trasladadas a las instalaciones de la Policía Técnica Judicial, División de Hurto de Vehículos.

Con vista en esta información, la autoridad jurisdiccional antes indicada se inhibió para conocer de la acción y ordenó su remisión a la Corte Suprema de Justicia. Por librado el nuevo mandamiento de habeas corpus, el Director General de la Policía Técnica Judicial contestó que el expediente había sido remitido a la Fiscalía Auxiliar de la República, a cuyo cargo se libró el mandamiento correspondiente. Esta última autoridad a su vez informó que "mediante oficio 14323, de 9 de septiembre de 1997, se dejó sin efecto la aprehensión a la cual se...

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