Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 15 de Septiembre de 1998

PonenteHUMBERTO COLLADO T
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 1998
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

Ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, la licenciada M. delR.V. interpuso acción de habeas corpus a favor de J.C.V., contra el Fiscal Primero Especializado en Delitos Relacionados con Drogas.

La orden de detención proferida contra J.C.V.O. fue expedida el 13 de marzo de 1998 (fs. 35-37 del sumario) por el funcionario acusado y en esa resolución, como elementos probatorios que lo vinculan con el hecho investigado se indica que en su contra "surgen indicios que lo vinculan con la comisión del ilícito ya que son reseñados en información previamente obtenida por la Policía como las personas que se dedican a guardar droga en la residencia del señor M., lo cual fue afirmado por éste, aunado al hecho de encontrársele en poder de dinero efectivo entre los cuales destacan gran cantidad de billetes de B/.1.00 lo cual sugiere que supuestamente se dedica a la venta o traspaso de sustancias ilícitas".

Al contestarse el mandamiento de habeas corpus, a foja 8 del cuadernillo, se señala como fundamento de hecho para ordenar la detención preventiva del citado VILLA OBREGÓN los siguientes motivos:

  1. Que el 11 de marzo de 1998, unidades del Departamento Anti-drogas de la Policía Nacional, en asocio del Secretario del Despacho, llevaron a cabo una diligencia de allanamiento en el Valle de Urracá, casa número B74 donde reside J.C.V. OBREGÓN con su concubina C.O., "quienes mantienen sustancias ilícitas en la residencia del ciudadano que hasta esos momentos era conocido por el apodo de AKO".

  2. Que al practicarse el allanamiento en la residencia de "AKO", que responde al nombre de J.A.M.H., "se le descubrió una bolsita con nueve (9) sobresitos plásticos, contentivos de polvo blanco, presunta droga". Al ser entrevistado, M.H. indicó la existencia de "más sustancias ilícitas enterradas en el patio de la casa" lo que lleva a localizar un frasco de vidrio dentro del cual se mantenían cinco (5) bolsitas plásticas de regular tamaño contentivas del mismo material que el contenido en los nueve (9) sobres anotados anteriormente.

  3. Que como consecuencia de las investigaciones llevadas a cabo in sito, el ciudadano J.A.M.H. "refirió al momento del hallazgo de la droga enterrada que se la había dado J. y que el resto era suya para su consumo".

  4. Que como los informes preliminares indicaban como supuesto sospechoso del ocultamiento de la droga al ciudadano J.C.V.O., se llevó a cabo registro judicial en su residencia, donde no se encontró sustancia ilícita pero sí la suma de B/.78.00 en poder de VILLA OBREGÓN y B/.46.00 en manos de C.O...

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