Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 16 de Septiembre de 1994

PonenteLUIS CERVANTES DÍAZ
Fecha de Resolución16 de Septiembre de 1994
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El Licenciado MANUEL SÁNCHEZ ha promovido acción de Habeas Corpus a favor de N.S.M., C.A.E. y C.J. y contra el señor F. Superior del Segundo Distrito Judicial de Panamá.

Manifiesta la parte actora que los señores SÁNCHEZ MENA, ESPINOSA y JARAMILLO están detenidos preventivamente en la Cárcel Pública de Penonomé, por orden del señor F. Superior del Segundo Distrito Judicial, desde el 31 de julio de 1994, por estar implicados en la comisión de delitos contra la Salud Pública, investigados por la Secretaría de Drogas de la Provincia de Coclé.

Dictado el mandamiento de habeas corpus correspondiente se solicitó un informe al señor F. Superior del Segundo Distrito Judicial, quien lo rindió en los siguientes términos:

"A. si es cierto que ordené la detención de los recurrentes de manera escrita conforme a normas procesales vigentes.

  1. Los fundamentos de hecho lo señalamos de que los citados recurrentes se encontraban en área de la comunidad de Río Hato, distrito de A., en actitud sospechosa, lo que motivó el acercamiento a ellos de las unidades de vigilancia policial y a la revisión de las personas conforme al artículo 2188 del Código Judicial se le encontró pequeños envases o carrizos con sustancia blanca que resultó posteriormente ser droga ilícita, y a la revisión del lugar donde se encontraba se evidenció el hallazgo de carrizos consumidos. Esta diligencia dio base a la detención al tenor de lo que dispone el artículo 2148 y 2159 del Código Judicial.

  2. Actualmente se mantiene a disposición del Juzgado Segundo del Circuito de Coclé, como autoridad jurisdiccional de estos casos en virtud de fianza solicitada a su favor y el único que al momento de la redacción de esta respuesta que no ha consignado la misma solo A.M., ya que no la solicitó y de acuerdo a la investigación realizada hasta el momento fue a quien se le encontró la droga incautada en escasa cantidad. El detenido S. ha sido puesto a disposición vuestra. (fs. 5).

En las sumarias seguidas a NOVEL SÁNCHEZ MENA, A.S.M., CESAR ALBERTO ESPINOSA y C.J. por delitos contra la Salud Pública, que fue enviado por la autoridad demandada, se lee el informe rendido por los agentes O.M. y C.E. quienes capturaron a los imputados mientras se encontraban de ronda, el día 31 de julio de 1994, por los alrededores del Mercado Público de Río Hato. Ellos exponen en ese documento que vieron a los señores A.S.M., C.A.E., C.J.S. y N.S.M. en actitud sospechosa, por lo que el agente E. simuló hacer una...

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