Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 19 de Septiembre de 1997

PonenteJUAN A. TEJADA MORA
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 1997
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

Ha ingresado al conocimiento del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, en grado de apelación, habeas corpus preventivo interpuesto por el Licenciado N.H.G. a favor de la señorita A.L.B.J., contra el Fiscal Noveno del Primer Circuito Judicial de Panamá.

El Segundo Tribunal Superior de Justicia declaró legal la detención de la beneficiaria de la presente acción, mediante resolución fechada 27 de agosto de 1997.

El presente caso guarda relación con denuncia suscrita por el señor G.B. CASTILLO el 11 de junio de 1997, por medio de la cual puso en conocimiento de las autoridades que fue objeto de robo a mano armada la noche del 10 de junio, en el sector de Panamá Viejo, entrada del Jardín de Paz; específicamente en la parte exterior de la residencia de la joven B.J..

De acuerdo con su narración, la beneficiaria del presente habeas corpus le debía trescientos balboas y lo citó en esa dirección para cancelarle la deuda. Al llegar a la residencia, permaneció dentro de su automóvil en compañía de su conductor, el señor J.Á.V.. La joven B.J., luego de contarlo muy despacio, le entregó el dinero y, en ese momento, se acercó un sujeto con pistola en mano que le dijo que se bajara del auto, procediendo a sacarle el dinero que tenía en el bolsillo de su camisa. A la joven B.J. le señaló que se echara a un lado y se dio a la fuga en el automóvil del denunciante.

Posteriormente fue perseguido y capturado por agentes de la Policía Nacional, el señor A.M.A.Q., en el sector conocido como Jardín Olímpico, a quien se le decomisó una pistola nueve milímetros, con la serie limada.

La versión de los hechos narrada por el denunciante fue corroborada por su conductor, en declaración jurada consultable de fojas 64 a 66 del expediente principal.

El señor A.Q. rindió declaración indagatoria, en la que negó conocer a la joven B.J., al igual que cualquier participación en el hecho delictivo del cual se le acusa. No obstante, al momento de su detención se le encontró entre sus pertenencias, un papel en el que tenía anotado el nombre de la imputada, al igual que el número telefónico de su residencia y de su busca...

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