Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 27 de Septiembre de 2000

PonenteELIGIO A. SALAS
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2000
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La licenciada Asunción de M. ha interpuesto acción de habeas corpus a favor de EULOGIO GONZALEZ contra el FISCAL SEGUNDO ESPECIALIZADO EN DELITOS RELACIONADOS CON DROGAS.

Librado el mandamiento respectivo, el funcionario acusado, mediante oficio No.FD2-T17-3401-00 de 28 de agosto de 2000, señaló lo siguiente:

"...

  1. Es cierto que este despacho ordenó la detención preventiva del señor E.G. dicha orden se emitió por escrito mediante resolución debidamente motivada, fechada veinticuatro(24) de abril de dos mil (2000) (Véase fojas 23-25).

  2. Los fundamentos de hecho y derecho que nos llevaron a emitir dicha resolución son los siguientes:

FUNDAMENTO DE HECHO:

PRIMERO

El día dieciocho(18) de abril del año en curso en atención a información recibida, el Corregidor de Pedregal ordenó el allanamiento de la residencia No.12 de la calle principal (J.M.T. de Pedregal) para la búsqueda de armas de fuego.

SEGUNDO

Al realizarse el allanamiento, se revisó el cuarto delantero donde reside el señor H.Q.A. sin encontrar arma de fuego alguna, sin embargo, en la búsqueda de la misma se encontró dentro de una gaveta del cocinova una bolsa con polvo de color blanco el cual se presume sea cocaína, un cartuchito de azúcar de leche, en otro mueble había veinticuatro(24) sustancias pequeñas sólidas (piedra), cuatro (4) sustancias sólidas de regular tamaño (galletas-piedra), se encontró en la cartera de HERMEL la suma de dieciocho dólares ($18.00) y doce dólares con cuarenta y cinco centésimos ($12.45) en efectivo en su bolsillo derecho del pantalón. Por otro lado se encontró en una mesa una gran cantidad de cartuchos plásticos transparentes y un envoltorio de papel amarillo que contenía en su interior hierba seca que se presumió fuera marihuana. H.G. mantenía en su poder un par de esposas de policía, una cadena de oro amarillo, tres sortijas de oro amarillo y en dicho lugar se encontraba también E.G., quien dijo ser primo de HERMEL (fs. 6-7)

TERCERO

Se practica prueba de campo a las sustancias incautadas durante el allanamiento dando las mismas coloración POSITIVA para los reactivos de COCAINA, marihuana y crack (V. vista fotográfica a foja 28).

CUARTO

Al disponerse la Declaración Indagatoria de ambos procesados se acogen al artículo 22 de la Constitución Nacional, ordenándose así su detención preventiva mediante la resolución inicialmente mencionada por considerarse que existen suficientes motivos para tal medida.

QUINTO

Al incorporarse las evaluaciones psiquiátricas de los procesados (fs.51-52) se observa que EULOGIO GONZALEZ según dictámen de la Psiquiatría Forense Dra. E.B., no presenta un cuadro de dependencia a drogas, más sin embargo presenta cierto deterioro de su personalidad.

SEXTO

Al concurrir al proceso los agentes del orden público, el Sgto.1ro JOSE M.R. RAMOS manifiesta que cuando llegaron al lugar en la parte de afuera de la casa, como en un portal se encontraba EULOGIO GONZALEZ y que al finalizar la diligencia HERMEL QUINTANA indicó que todo lo hallado era de su propiedad y que su primo siempre estaba allí con él. (fs.53-55).

Por otro lado el A.E.D.R. coincide con la deposición de la unidad anterior, en el sentido de que el joven (EULOLIO) estaba en la terraza y procedió a abrir la puerta de hierro...

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