Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 29 de Septiembre de 1995

PonenteJOSÉ MANUEL FAÚNDES
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 1995
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

Ingresó al Pleno de la Corte Suprema de Justicia la acción de habeas corpus interpuesta por el licenciado E.E.P., contra el FISCAL ESPECIAL EN DELITOS RELACIONADOS CON DROGAS, a favor de J.I.S.M., detenida en el Centro Femenino de Rehabilitación, por delito contra la Salud Pública relacionado con drogas.

Acogida la presente acción, se libró el mandamiento correspondiente contra el FISCAL ESPECIAL EN DELITOS RELACIONADOS CON DROGAS, Licenciado R.M., quien mediante Oficio Nº 7676 de 12 de septiembre de 1995, rinde su informe de conducta en los términos siguientes:

"1. Si (sic) es cierto que ordenamos la detención preventiva de la señora J.I.S.M., dicha decisión fue emitida mediante Resolución fechada quince (15) de mayo de 1995, la cual se encuentra acopiada a fojas 18-20.

  1. Los fundamentos de hecho y de Derecho que motivaron la actuación atacada, los exponemos a continuación.

A. FUNDAMENTOS DE HECHO

Los hechos se iniciaron el 15 de mayo de 1995, luego de que funcionarios de la Dirección de Información e Investigación Policial (D.I.I.P., presentaran (sic) ante este despacho informes a través de los cuales se comunicaba que luego de haber realizado diligencias de vigilancia y seguimiento, se pudo establecer que en apartamento Nº 404, del multifamiliar Nº 1, ubicado en calle 20 avenida México, del M., se dedicaban a la venta se (sic) sustancias ilícitas.

Hemos de indicar, como acotación previa, que este despacho en ocasión anterior, en asocio de la Policía Técnica Judicial, realizó diligencia de allanamiento en el citado domicilio, obteniéndose resultados positivos y revestido de las mismas características que el caso que nos ocupa, puesto que se encontraron los instrumentos idóneos para la preparación de sustancias ilícitas (pesa, cartuchos plásticos, sustancia ilícita, etc.).

Una vez que se tuvo conocimiento, nuevamente, que en el mismo lugar que ya había sido objeto de investigación por este despacho, se continuaba con la misma actividad ilícita que se había intentado erradicar, se procedió a ordenar la práctica de otra diligencia de allanamiento, obteniéndose resultados positivos al encontrarse en la cómoda, primera gaveta a la izquierda, una bolsa plástica de color blanco, que contenía 13 envoltorios plásticos, contentivos a su vez de una sustancia en forma de polvo color blanco que se presumía fuera Cocaína. se encontró además, otra bolsa de plástico transparente, de color blanco, contentiva de tres bolsas, con igual sustancia.

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