Acuerdo Nº 5 de 25 de octubre de 2006, "POR MEDIO DEL CUAL SE CREA LA RESERVA HIDROLOGICA ISLA DEL REY, EN LA JURISDICCION DE LOS CORREGIMIENTOS DE SAN MIGUEL, LA ENSENADA, LA GUINEA Y LA ESMERALDA, DISTRITO DE BALBOA Y SE DICTAN OTRAS MEDIDAS"

CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE BALBOA

PROVINCIA DE PANAMÁ

ACUERDO Nº 5

(De 25 de octubre de 2006)

Por medio del cual se crea la Reserva Hidrológica Isla del Rey, en la jurisdicción de los corregimientos de San Miguel, La Ensenada, La Guinea y La Esmeralda, Distrito de Balboa y se dictan otras medidas

EL HONORABLE CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE BALBOA,

EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

CONSIDERANDO:

Que en la Isla del Rey existe un área terrestre y acuática de alta diversidad y endemismo que posee las características necesarias para estar orientadas al manejo, protección y conservación de los recursos hídricos en calidad y cantidad, que contribuyen a mantener los procesos hidrológicos y la calidad ambiental de los ecosistemas, hábitat y especies asociadas.

Que según Ley 106 de 1973, lo Consejos Municipales tienen entre sus funciones las de dictar medidas para proteger y conservar el medio ambiente.

Que la Ley 41 de 1998, establece en su Artículo 63, que es deber de los municipios de contribuir a la protección y conservación de los recursos naturales que se aprovechen o extraigan en su localidad según los parámetros que establezca la Autoridad Nacional del Ambiente.

Que es importante para el Consejo Municipal del Distrito de Balboa promover el ordenamiento territorial y la valoración económica y gestión integrada por los recursos hídricos que son vitales para mantener y mejorar la calidad de vida de la población.

Que el Artículo 8 de la Ley 6 de 2006 señala que los Municipios, en materia de ordenamiento territorial para el desarrollo urbano, tendrán competencia para elaborar y aprobar los planes de ordenamiento territorial y del desarrollo urbano a nivel local dentro de su respectiva jurisdicción, con la asesoría del Ministerio de Vivienda y en coordinación con las demás entidades competente.

Que el Consejo Municipal del Municipio de Balboa es consciente de la importancia de los recursos hídricos de esta área para proyectos de desarrollo turísticos y las presentes y futuras generaciones de los pobladores del Archipiélago de Las Perlas.

Que el Artículo 3 de la Resolución JD-009-94 de 1994, el cual establece las categorías de manejo de las áreas protegidas, define una “Reserva Hidrológica” como: Área generalmente boscosa, escarpada y quebrada; cuyo valor primordial es conservar la producción hídrica en cantidad y calidad adecuada para las actividades humanas y productivas de la región.

Que el Artículo 66 de la Ley 41 de 1998, señala que las áreas protegidas se establecerán por leyes, decretos, resoluciones o acuerdos municipales.

ACUERDA:

ARTÍCULO 1

Declarar como Reserva Hidrológica el área comprendida entre los corregimientos de San Miguel, La Ensenada, La Guinea y La Esmeralda, en Isla del Rey, Archipiélago de las Perlas, Distrito de Balboa...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR