Resolución de Gabinete Nº 92 de 1 de agosto de 2007, "QUE AUTORIZA AL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS / UNIDAD DE BIENES REVERTIDOS A CELEBRAR, MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE SELECCION DE CONTRATISTA (SUBASTA DE BIENES PUBLICOS), LA VENTA DE LA PARCELA DE TERRENO IDENTIFICADA COMO FA02-42, CON UN AREA DE 8 HECTAREAS + 5,967.85 M2, UBICADA EN EL SECTOR DE FARFAN, CORREGIMIENTO DE VERACRUZ, DISTRITO DE ARRAIJAN, PROVINCIA DE PANAMA, PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS RESIDENCIALES, POR EL VALOR ESTIMADO DE TRES MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS BALBOAS CON CINCUENTA Y CINCO CENTESIMOS (B/. 3,442,582.55)."

Resolución de gabinete n° 92

(de 1 de agosto de 2007)

Que autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas / Unidad de Bienes Revertidos a celebrar, mediante el procedimiento de selección de contratista (subasta de bienes públicos), la venta de la parcela de terreno identificada como FA02-42, con un área de 8 hectáreas + 5,967.85 m2, ubicada en el sector de Farfán, corregimiento de Veracruz, distrito de Arraiján, provincia de Panamá, para el desarrollo de proyectos residenciales, por el valor estimado de tres millones cuatrocientos cuarenta y dos mil quinientos ochenta y dos balboas con cincuenta y cinco centésimos (B/.3,442,582.55)

EL CONSEJO DE GABINETE,

en uso de sus facultades constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que el Consejo de Gabinete, mediante la Resolución de Gabinete No.108 de 27 de diciembre de 2005, transfirió al Ministerio de Economía y Finanzas las funciones de custodia y administración de los bienes propiedad de la Nación y la estructura de personal, así como las demás atribuciones que ejercía la Autoridad de la Región Interoceánica hasta el 31 de diciembre de 2005, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 5 de 25 de febrero de 1993, modificada por la Ley 7 de 7 de marzo de 1995;

Que mediante el Decreto Ejecutivo No.67 de 25 de mayo de 2006, se creó la Unidad Administrativa de Bienes Revertidos, la cual estará adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene, entre otras, la función de procesar las solicitudes que sobre los bienes revertidos estuvieran en trámite al 31 de diciembre de 2005 en la extinta Autoridad de la Región Interoceánica;

Que a través del Decreto Ejecutivo Nº13 de 5 de febrero de 2007, se creó la Comisión Interinstitucional para la Administración de los Bienes Revertidos, quien adoptará, mediante actas, las recomendaciones pertinentes para el Ministro de Economía y Finanzas;

Que el Ministerio de Economía y Finanzas, en virtud de la potestad conferida por el Órgano Ejecutivo, ejerce de manera privativa la administración de los bienes revertidos y, por ende, está facultado para arrendar, dar en concesión y vender tales bienes, de manera que se incorporen gradualmente al desarrollo integral de la Nación y se obtenga el óptimo aprovechamiento de estos recursos y el máximo beneficio para toda la...

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