Resolución Nº 588-IMC-14 de 19 de noviembre de 2007, "POR LA CUAL SE DECLARA IDÓNEO PARA EJERCER EL CARGO DE MAGISTRADO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA A EL LICENCIADO ARCELIO VEGA CASTILLO"

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

Resolución Nº588-IMC-14 Panamá 19 de noviembre de 2007

EL MINISTRO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que mediante memorial, el Licenciado ARCELIO VEGA CASTILLO, varón, panameño, mayor de edad, abogado, con cédula de identidad personal Nº 7-71-644, con domicilio en Urbanización Marbella, Edificio MMG Tower, Corregimiento de Bella Vista, Distrito de Panamá, Provincia de Panamá, solicita al Ministerio de Gobierno y Justicia, que se le declare idóneo para ejercer el cargo de MAGISTRADO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

Que con la solicitud ha presentado los siguientes documentos:

  1. Certificado de Nacimiento No. 3701538, expedido por la Dirección General del Registro Civil, en el cual hace constar en el Tomo Nº 71, Partida de Nacimiento Nº 644, de la provincia de Los Santos, que ARCELIO VEGA CASTILLO, nació el 5 de septiembre de 1954, en el corregimiento de Las Trancas, distrito de Guararé, provincia de Los Santos, y cuenta con más de treinta y cinco (35) años de edad.

  2. Copia cotejada del Diploma de la Licenciatura en Derecho y Ciencias Políticas, expedido por la Universidad de Panamá, y registrado en el Ministerio de Educación, en el que consta que ARCELIO VEGA CASTILLO, obtuvo el título de Licenciado en Derecho y Ciencias Políticas, el 1 de marzo de 1983.

  3. Copia autenticada del Acuerdo Nº 50 del 5 de abril de 1983, expedido por la Sala de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia, que declara que ARCELIO VEGA CASTILLO, reúne los requisitos necesarios para ejercer la profesión de abogado en la República de Panamá.

  4. Copias autenticadas de las Actas de Toma de Posesión y Certificación expedida por la Dirección de Recursos Humanos del Órgano Judicial, en las que hace constar que el Licenciado ARCELIO VEGA CASTILLO, ha desempeñado cargos en esa institución, por un período de más de diez años (10) años, cuyo ejercicio requieren título universitario en derecho.

Que del estudio de la documentación aportada, se establece que el peticionario es panameño por nacimiento, con más de treinta y cinco (35) años de edad, se haya en pleno goce de sus derechos civiles y políticos, posee título universitario en Derecho debidamente inscrito, y ha completado un período de diez (10) años, en el cual ha ejercido la profesión de abogado...

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