Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 2 de Abril de 2013

Fecha de Resolución 2 de Abril de 2013
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS: La S. Primera de lo Civil, de la Corte Suprema de Justicia conoce de la manifestación de impedimento que, el D.C.M., Juez del Primer Tribunal Marítimo de Panamá, promueve dentro del Proceso Especial de Ejecución de Crédito Marítimo Privilegiado que CHIMBUSCO EUROPE B.V, ha instaurado contra la M/N "BÁRBARA", El Juez manifestante expone, que mediante reparto le fue adjudicado el proceso marítimo en-comento, advirtiendo que en el mismo consta que la firma de abogados MORGAN & MORGAN figuran como representantes legales de CHIMBUSCO EUROPE B.V. A propósito de lo anterior agrega que a través del Auto IR-201 de 30 de noviembre 2001, esta S., al momento de decidir un Incidente de Recusación que esta firma forense promoviera, dentro del proceso interpuesto por R.J.G. contra Astilleros Braswell International S.A, se estimó probada la causal contenida en el numeral 14 del artículo 146 de la Ley 8 de 30 de marzo de 1982, esto es " la enemistad manifiesta entre el juez y una de las partes". Es pues en atención al contenido de esta resolución y, de poder estar comprendido en la causal del artículo 148, numeral 14 de la Ley 8 de 30 de marzo de 1982. reformada, que se declara inhabilitado para conocer este asunto, solicitando en consecuencia su legal separación. CONSIDERACIONES DE LA SALA DE LO CIVIL Esta S. luego de conocer los hechos que sustentan la solicitud de abstención del Juez del Primer Tribunal Marítimo de Panamá y confrontarla, con la disposición legal invocada, estima que prospera acceder a lo pedido. Para este Tribunal la situación fáctica planteada se subsume plenamente en la causal de impedimento contenida en el numeral 14 del artículo 148 de la Ley 8/82, reformada, cuyo contenido es el siguiente: "ARTÍCULO 148. El Juez del Tribunal Marítimo no podrá conocer de un asunto en el cual esté impedido. Son causales de impedimento: 1... 14. La enemistad manifiesta entre el juez y una de las partes. 16... La causal de impedimento subsiste aún después de la cesación del matrimonio, adopción, tutela o curatela." Es importante señalar, que...

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