Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 25 de Septiembre de 1995

PonenteAURA E. GUERRA DE VILLALAZ
Fecha de Resolución25 de Septiembre de 1995
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

La Procuraduría General de la Nación envía a la Sala Segunda de lo Penal, para su valoración legal, el expediente que contiene la querella interpuesta por el ciudadano J.G.A. ROJAS contra C.A.H., F.A. de la República, el Dr. G.C., Director de la Policía Técnica Judicial y los señores F.M., R.B.M.R., U.P., al igual que el detective ARANDA y dos más, pertenecientes a la División de Delitos Contra la Fe Pública de la Policía Técnica Judicial, cuya generales desconoce, a objeto que se determine la responsabilidad de cada uno de ellos con relación a la detención ilegal que sufriera por más de 48 horas en el mes de marzo de este año.

FUNDAMENTO DE LA QUERELLA

El señor AGRIOYANIS ROJAS apoya su querella en treinta y un extensos puntos, de los cuales se colige en lo medular lo siguiente:

Que fue denunciado por R.B.M.R. ante la Fiscalía Auxiliar de la República el día 22 de marzo de 1995, en representación de la empresa Macello, S.A., por supuesta expedición de cheques sin suficientes provisión de fondos y estafa por una cuantía de ciento cuarenta y seis mil doscientos ochenta y tres balboas con cincuenta y seis centésimos (B/.146,283.56); para lo cual presentó varios cheques post-fechados que habían acordado se harían efectivo en fecha posteriores.

Ese mismo día, en horas de la tarde en momentos que conducía su vehículo, fue interceptado por un automóvil de la Policía Técnica Judicial Policía Técnica y el detective A., quien en compañía de dos sujetos que se identificaron como miembros del personal de seguridad de F.M., lo sometió a registro y arresto, sin orden alguna e inmediatamente fue trasladado a la División de Delitos Contra la Fe Pública.

El despacho de la Fiscalía Auxiliar de la República de Panamá le tomó declaración indagatoria veinticuatro horas después de su detención arbitraria. El 24 de marzo fue fichado y llevado, aproximadamente a las 2:00 p. m. a una celda junto a varios delincuentes comunes por órdenes del detective V.. Posteriormente, a las 7:00 p. m. fue notificado por un funcionario de la Fiscalía Auxiliar de la República de Panamá que se le concedía un plazo de 48 horas hábiles para cancelar el valor de los cheques y de no cumplir podía ser detenido nuevamente. Ante las presiones sufridas el licenciado G.B.D. interpuso Habeas Corpus Preventivo contra la Fiscalía Auxiliar de la República y mediante resolución de 7 de abril de 1995 la Corte Suprema de Justicia decretó la nulidad de lo actuado en las sumarias...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR