Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 4 de Septiembre de 2009

PonenteOydén Ortega Durán
Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2009
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La Juez del Segundo Tribunal Marítimo, L.. G.A., se ha manifestado impedida para conocer el Proceso Ordinario Marítimo promovido por CENTRAL AMERICAN PRODUCE ASSOCIATION SOCIEDAD ANÓNIMA (CAPA, S.A.) contra la EMPRESA DE NAVEGACIÓN MARUBA, S.A. y/o MARUBA SCA EMPRESA; y CMA CGM (Solidariamente).

El motivo de la presente Manifestación de Impedimento, estriba en que la parte demandada CMA CGM está representada por la firma forense De Castro & Robles, como consta en la Gestoría Oficiosa presentada por dicha firma a la Secretaría del Tribunal, el día 24 de julio de 2009 (f. 126).

Sostiene la Petente que esta Sala de la Corte Suprema de Justicia mediante Auto de 26 de junio de 2008, resolvió un Incidente de Recusación presentado por la firma De Castro & Robles contra la J.G.A., dentro del Proceso Especial de Ejecución de Crédito Marítimo Privilegiado propuesto por FAITH MARINE COMPANY contra M/N "PAZ COLOMBIANA" basado en la causal contenida en el numeral 11 del artículo 146 de la Ley de Procedimiento Marítimo, consistente en "Tener alguna de las partes proceso, denuncia o acusación pendiente o haberlo tenido dentro de los dos años anteriores, contra el J., su cónyuge, sus ascendientes, descendientes o hermanos.

Cita también la Petente, la Resolución de 30 de junio de 2008, proferida por esta S., que concedió también un Incidente de Recusación en su contra, por la misma firma.

Considera la J.A. que, del numeral 3 del artículo 147 de la Ley 8 de 1982, reformada, se desprende que la causal de impedimento aducida, debe estar comprendida dentro de los dos (2) años anteriores al proceso en el que se invoca la causal, y que en su opinión, se enmarca dentro del período mencionado, ya que la solicitud de Gestoría Oficiosa presentada por la firma De Castro & Robles a favor de la demandada CMA CGM, se presentó a la Secretaría del Tribunal el 24 de julio de 2009.

Adjunta la Juez del Segundo Tribunal Marítimo, copia del Auto de 26 de junio de 2008 proferido por esta Sala (fs. 54-57), que declaró probado el Incidente de Recusación por ella aducido, promovido por la firma De Castro y R., y en el que se deja constancia que los abogados G.S.I. y A.L.T. presentaron denuncia penal y administrativa contra la J.G.A. los días 8 y 13 de mayo de 2007, contra quienes resulten responsables por la posiblecomisión de delitos aduaneros e infracción de los deberes de servidor público, configurándose (a juicio de la Petente) la causal aducida.

También incorporó la...

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