Sentencia Quinta de Corte Suprema de Justicia (Panama), Quinta de Instituciones de Garantía, 9 de Septiembre de 1999

PonenteOSCAR CEVILLE
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 1999
EmisorQuinta de Instituciones de Garantía

VISTOS:

La magistrada ELITZA A. CEDEÑO integrante de esta Sala, ha presentado impedimento para conocer la acción de Amparo de Garantías Constitucionales propuesta por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SPIA, R.L., en contra del Juez Tercero de Circuito Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, el cual ha sido de conocimiento de esta Superioridad en grado de apelación.

Fundamenta su solicitud en que, cuando el Primer Tribunal Superior de Justicia conoció del amparo venido en Apelación era parte integrante de ese ente colegiado, lo que se constata a fojas 15-18 del cuadernillo que nos ocupa.

Esta solicitud de impedimento tiene su asidero legal en el artículo 2619 del Código Judicial que a la letra indica:

"Los magistrados y jueces que conozcan esta clase de asuntos se manifestarán impedidos cuando sean parientes dentro de segundo grado de consanguinidad o primero de afinidad de alguna de las partes o de sus apoderados o hayan participado en la expedición del acto".

Siendo ello así la Sala considera que es procedente la...

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