Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 4 de Enero de 1995

PonenteAURA E. GUERRA DE VILLALAZ
Fecha de Resolución 4 de Enero de 1995
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Para calificar el mérito del sumario ha ingresado a la Sala Penal de la Corte Suprema el expediente que se instruye en contra de G.A.L. RAMOS, Primer Comandante del Cuerpo de Bomberos, suspendido, por la supuesta comisión del delito contra la administración pública.

El negocio penal que nos ocupa es de los denominados por ley "de única instancia" y la competencia de la Sala Penal para conocer de él encuentra su fundamento en el artículo 95 del Código Judicial, numeral primero, parte final.

El Procurador General de la Nación elaboró la Vista Fiscal Nº 71 de 8 de noviembre de 1994, remisora de la causa y en ella solicita a esta superioridad proceda a dictar auto de sobreseimiento definitivo, de carácter impersonal, conforme lo establece el artículo 2210, numeral primero del Código Judicial.

El representante del Ministerio Público basa su petición en la consideración de que "los elementos aportados al expediente por los auditores de Contraloría no han demostrado los hechos irrogados al señor G.L. como infractor de ley, en vista de no contar con la documentación y testimonios necesarios para la comprobación del cuerpo del delito".

De esa forma concluye el Procurador después de desestimar los puntos referentes a las supuestas irregularidades en el manejo de la administración del Cuerpo de Bomberos del área canalera. Puntos sobre los cuales recaen los cargos señalados por los auditores de la Contraloría en el informe que da inicio a la investigación.

Para calificar el mérito de la causa es necesario remontarse al inicio de la instrucción.

De esta forma, consta en el expediente que el sumario se inició el 7 de diciembre de 1992, por razón de la nota Nº 2947 DC-1-DE-131, del 24 de noviembre de 1992, con la que el Contralor General de la República remite ante el Ministerio Público el informe elaborado como resultado del examen practicado por auditores de la entidad controladora a las actividades de la oficina del Cuerpo de Bomberos de Panamá, Área Canalera, durante el período comprendido entre enero de 1984 y abril de 1992.

En el informe se da cuenta de una serie de irregularidades en el manejo de fondos y bienes públicos en perjuicio del Cuerpo de Bomberos del área canalera, bajo la responsabilidad de G.A.L.R. y otros.

Cabe destacar que la investigación originalmente se inició en contra de L.R. y otras siete personas, algunas de las cuales ejercían cargos en la entidad bomberil.

Agotada dicha investigación, la Juez Séptima de Circuito de lo...

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