Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 9 de Junio de 1998

PonenteMIRTZA ANGÉLICA FRANCESCHI DE AGUILERA
Fecha de Resolución 9 de Junio de 1998
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

La firma F., B., M. y M., actuando en representación de Helados la Italiana, S.A., ha presentado solicitud de declaratoria de desacato contra el Presidente de la Junta de Carnaval Panamá Salsa '98, por incumplir la Resolución del Pleno de la Corte Suprema de Justicia de 17 de febrero de 1998, mediante la cual admitió la acción de amparo y suspendió los efectos de la orden contenida en la carta de 4 de febrero de 1998, en la que se comunica la exclusividad de la Empresa Nestlé para la venta de helados en la ruta del Carnaval y el decomiso de la mercancía a los vendedores no autorizados.

El querellante señaló que la autoridad demandada desconoció la orden de esta Superioridad al no rendir el informe sobre los hechos y al decomisar arbitrariamente la mercancía (f. 1).

La Magistrada Sustanciadora ordenó correrle traslado del incidente de desacato, por el término de tres (3) días, al señor R.M., Presidente de la Junta de Carnaval Panamá Salsa '98, quien al contestarlo manifestó lo siguiente:

"...

SEGUNDO

No es cierto que nuestros representados hayan desconocido la orden de esta superioridad al no rendir el informe sobre los hechos, pues el mismo fue presentado oportunamente a la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia y consta en el expediente de marras.

TERCERO

No es cierto que nuestros representados hayan girado una orden de decomiso de la mercancía, tal cual aduce el amparista en su solicitud de desacato" (fs. 5).

A foja 22 del cuaderno que contiene la acción de amparo promovido por Helados La Italiana, S.A consta el informe de conducta rendido por el Presidente de la Junta del Carnaval Panamá Salsa '98, por lo que debe desestimarse esta primera acusación en su contra.

En cuanto al alegado decomiso de la mercancía contraviniendo la orden de suspensión del acto acusado, el Pleno observa que fue negado por la...

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