Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 11 de Marzo de 1996

PonenteAURA E. GUERRA DE VILLALAZ
Fecha de Resolución11 de Marzo de 1996
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

La licenciada S.F.D.C. manifestó impedimento para actuar como Secretaria de la Sala de lo Civil, dentro del negocio contentivo del recurso extraordinario de casación interpuesto por RUTH HYACINTH THOMPSON dentro del proceso de divorcio que le sigue a J.H.A.M., de conformidad con lo señalado en el artículo 749, numeral 5º del Código de procedimiento.

La manifestante explica que en su condición de Magistrada Suplente del Tribunal Superior de Familia actuó como integrante del Tribunal que emitió la sentencia impugnada; por lo que solicita se califique el impedimento y la separen del presente caso (f. 123).

Efectivamente, consta que la sentencia de 13 de septiembre de 1995, dictada en segunda instancia por el Tribunal Superior de Familia, ha sido impugnada mediante el recurso de casación; y la licenciada S.F. de Castroverde formó parte de los tres magistrados que signaron el fallo (fs. 66-70).

El artículo 749 del Código Judicial en su numeral 5º señala:

"Haber intervenido el Juez o Magistrado, su cónyuge o alguno de sus parientes dentro de los grados indicados, en el proceso, como J., agente del Ministerio Público, testigo, apoderado, o asesor, o haber dictaminado por escrito respecto de los hechos que dieron origen al mismo;".

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