Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 15 de Mayo de 1997

PonenteAURA E. GUERRA DE VILLALAZ
Fecha de Resolución15 de Mayo de 1997
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Procedente de la Procuraduría General de la Nación, adjunto a la Vista Nº 31 de 3 de abril de 1997, se recibió en la Secretaría de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, el expediente que contiene la investigación realizada con motivo de la denuncia interpuesta contra los señores J.O.P.Y.E.S.G., por los supuestos delitos de concusión y abuso de autoridad.

La denuncia presentada (fs. 1-6) señala que el 24 de septiembre de 1994, fue nombrado el señor J.O.P. como Director Regional de Ingresos, quien a ese momento fungía como propietario de la firma de contadores E. & Young Panamá, S.A. y que una vez designado, nombró al licenciado E.S.G. como J.T., quien era el abogado residente de la firma de contadores antes mencionada.

En adición a lo anterior indica que estos funcionarios pueden estar cometiendo los delitos de concusión y abuso de autoridad, al tener la posibilidad de recibir provechos ilícitos para sus empresas valiéndose de sus funciones oficiales, al prometer protección a sus clientes y exigencia de pago de impuestos sobre la renta, si se mantienen como clientes de la empresa de auditoría y de la firma de abogados a que pertenecen; afirma también que los denunciados desde su posición pueden estar persiguiendo a todo contribuyente so pretexto de no estar al día en sus obligaciones tributarias y que sean rigurosamente investigados por la Dirección General de Ingresos.

En cuanto al delito de abuso de autoridad, sostiene que los señores O. y S. están ejerciendo actos de persecución contra el denunciante por el solo hecho de haber interpuesto una denuncia ante el F. Especializado en Delitos relacionados con Drogas por la presunta vinculación de la empresa que uno de los denunciados dirige, a la comisión de ilícitos de narcotráfico y lavado de dinero. Dicha persecución se da al ordenar la apertura de investigaciones tributarias penales contra todas las empresas que por algún motivo guardan relación con la persona del denunciante.

Se aportó como prueba documental, un certificado del Registro Público en el cual consta la existencia de la sociedad E. & Young Panamá, S.A. y el nombre de los integrantes de la Junta Directiva y aduce algunas fuentes de pruebas.

Aprehendido el conocimiento de la denuncia presentada por la Procuraduría General de la Nación, se dispuso remitir el expediente a la Fiscalía Delegada de Turno para que se practicaran las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos denunciados y de todas...

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