Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 6 de Septiembre de 2006

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2006
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El M.H.J.M.D., ha presentado solicitud para que se le declare impedido y en consecuencia se le separe del conocimiento de las sumarias en averiguación seguidas al diputado ROGELIO ALBA FILÓS denunciado por delitos contra la Administración Pública.

Para fundar su solicitud de impedimento, el M.M.D., invoca las causales contenidas en los numerales 2 y 5 del artículo 760 del Código Judicial, al señalar:

"Esta petición obedece a que, por más de 27 años laboré al servicio de la Asamblea Legislativa y específicamente, antes de ser designado Magistrado de esta Corporación Judicial, desempeñé el cargo de Director Nacional de Asesoría Legislativa, en el que me correspondió brindar asesoramiento profesional especializado en asuntos jurídicos, parlamentarios, legislativos y de carácter general, a los Diputados, las Comisiones Legislativas y al Pleno de la Asamblea Legislativa, por lo que en vías de que no existan dudas sobre la imparcialidad de la decisión que debo proferir en este caso, considero conveniente que se me separe del conocimiento del presente proceso penal. Esta solicitud no sólo guarda correspondencia con elementales principios de imparcialidad que deben guiar la actuación de un juez, sino que también es congruente con la imagen de transparencia en el desempeño de nuestras funciones, así como evidencia de respeto y acatamiento de la Ley."

A juicio del resto de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, las circunstancias presentadas no hacen aplicable la norma aducida referente a las causales de impedimento, ya que de las constancias que obran en autos el M.M.D., no ha emitido concepto sobre el proceso que se ventila, por lo que no es procedente acceder a la petición...

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