Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 2 de Junio de 1993

PonenteRAÚL TRUJILLO MIRANDA
Fecha de Resolución 2 de Junio de 1993
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

En el proceso de divorcio interpuesto por M.J.Z. contra M.J.C., el H.M.C.L.L.T., manifiesta impedimento para conocer el presente negocio.

La manifestación de impedimento está concebida en los siguientes términos:

"MANIFESTACIÓN DE IMPEDIMENTO DEL MAGISTRADO CARLOS LUCAS LÓPEZ T.

Son públicas y notorias las ofensas al honor y a la integridad moral que ha recibido el Magistrado que suscribe del Licenciado L.G.Z., hermano del demandante en esta causa, Dr. M.J.Z.. Más aún, en el Consejo Judicial se tramita una denuncia que el primero presentó, también, contra quien suscribe.

Estas circunstancias me obligan a hacer esta manifestación de impedimento para que se me separe del conocimiento de la presente demanda de Divorcio, en base a lo que disponen los numerales 10 y 11 del artículo 749 del Código Judicial.

Panamá, 21 de mayo de 1993

(fdo) C.L.L.T.".

La opinión de esta S. es que las circunstancias expuestas por el Honorable Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, se encuentran enmarcadas como causales de impedimento y...

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