Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 28 de Junio de 2000

PonenteELIGIO A. SALAS
Fecha de Resolución28 de Junio de 2000
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La H.M.G.J.D. solicita al resto de los Magistrados que integran esta Sala de lo Civil, la declaren impedida para conocer del recurso de hecho interpuesto por el licenciado D.E.C.G. contra la resolución proferida por el Primer Tribunal Superior de Justicia el 21 de diciembre de 1999, mediante la cual no concede el recurso de apelación promovido por los L.E.A.A. y D.E.C. contra el Auto de 4 de octubre de 1999, dentro del proceso ordinario instaurado por I.D.M. y PROYECCIONES DE ULTRAMAR, S.A., contra J.L.L., R.L.L. y DOV BINDER.

En el escrito de manifestación de impedimento, que consta a foja 58, se expresa lo siguiente:

"...En esta ocasión reiteramos al resto de los magistrados petición de 24 de abril de 2000, en la que solicitamos nos separaran del conocimiento de un asunto penal en otra causa, toda vez que el licenciado CARRILLO GOMILA nos ha efectuado diligencias tendientes a concretizar la enajenación de un inmueble.

En consecuencia debo declararme impedida por cuanto subsisten relaciones jurídicas susceptibles de ser afectadas por la decisión que se adopte en la presente acción penal interpuesta por el letrado CARRILLO GOMILA. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto en el artículo 749, numeral 9 del Código judicial, ..."

A juicio del resto de la Sala, la...

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