Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 29 de Mayo de 1996

PonenteROGELIO A. FÁBREGA Z
Fecha de Resolución29 de Mayo de 1996
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El M.R.A.G., ha presentado manifestación de impedimento, para que se le separe del conocimiento del recurso de hecho presentado contra la resolución proferida por el Primer Tribunal Superior de Justicia, el 18 de diciembre de 1995, dentro del proceso ordinario de prescripción adquisitiva interpuesto por MENITZA CAJAR SIERRA contra COMPAÑÍA BITE CORP.

El M.R.A.G., fundamenta su solicitud de impedimento en los siguientes términos:

Respetuosamente solicito al resto de los Magistrados que conforman la Sala Civil, me separen del conocimiento del recurso de hecho presentado contra la resolución proferida por el Primer Tribunal Superior de Justicia, el 18 de diciembre de 1995, dentro del proceso ordinario de prescripción adquisitiva interpuesto por MENITZA CAJAR SIERRA contra COMPAÑÍA BITE CORP.

Esta solicitud se debe a que soy primo del Magistrado Ponente en la resolución recurrida de hecho, Licenciado O.A..

En vista de lo anterior, considero que en este caso se configura la causal contenida en el numeral 5 del artículo 749 del Código Judicial, por lo que solicito se declare legal esta manifestación de impedimento.

Panamá, 23 de mayo de 1996.

(fdo.) R.A.G.

La circunstancia invocada por el Honorable Magistrado, es causal de impedimento y la misma está consagrada en el numeral 5º del artículo 749 del Código Judicial, por lo que corresponde designar al Magistrado de la Sala Penal...

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