Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 10 de Marzo de 1999

PonenteFABIÁN A. ECHEVERS
Fecha de Resolución10 de Marzo de 1999
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

El Licenciado J.A.S., en su calidad de Procurador General de la Nación, ha manifestado impedimento para conocer, como funcionario instructor, de la denuncia penal presentada por D.M. contra J.M.C., S. General de la Procuraduría General de la Nación, por los delitos contra la libertad individual y usurpación de funciones públicas.

El manifestante expresa que su solicitud tiene como fundamento de derecho lo establecido en el numeral 11 del artículo 749 del Código Judicial, ya que "el señor D.M. presentó ante la Procuraduría de la Administración denuncia penal en mi contra en los mismos términos que lo hizo contra el S. General de la Procuraduría" (f.98).

Ante la comprobación de que el impedimento formulado se encuentra comprendido dentro de la causal que establece la norma invocada, es del caso acceder a lo impetrado y proceder de conformidad con los...

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