Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 22 de Diciembre de 1997

PonenteHUMBERTO A. COLLADO T
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 1997
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, el M.E.M.M., manifestó impedimento para conocer del negocio relacionado con el auto apelado dentro del Incidente de previo y especial pronunciamiento presentado por la licda. A.I.B. en el proceso penal seguido EDUARDO BERBEY, sindicado por el delito de homicidio en grado de tentativa en perjuicio de la licda. AIDELENA PEREIRA.

El Magistrado MOLINO MOLA sustenta su manifestación de impedimento, en el numeral 11 del artículo 749 del Código Judicial, toda vez que:

"... dentro del proceso actúa la licenciada O.G. de B., quien presentó el día 12 de octubre de 1995 ante la Asamblea Legislativa, acusación particular contra quien suscribe ...".

En este sentido, de conformidad con lo señalado en el artículo citado, es causal de impedimento: " Tener alguna de las partes proceso, denuncia o acusación pendiente o haberlo tenido dentro de los dos años anteriores, contra el J. o Magistrado, su cónyuge, sus ascendientes, descendientes o hermanos; ...".

Por lo expuesto...

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