Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 26 de Octubre de 1994

PonenteRAÚL TRUJILLO MIRANDA
Fecha de Resolución26 de Octubre de 1994
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

Mediante escrito fechado el 12 de octubre de 1994, el M.A.H., manifiesta impedimento para conocer el presente negocio, contentivo en la demanda de Inconstitucionalidad propuesta por TEXACO PANAMÁ, INC., contra la resolución dictada por el Tribunal de Apelaciones y Consultas de la Provincia de Panamá, fechado el 30 de julio de 1987, dentro del juicio de Desahucio que promovió TEXACO PANAMÁ, INC. contra la sucesión de P.E.A. (q. e. p. d.).

La manifestación de impedimento está concebida de la siguiente manera:

"PETICIÓN DE CALIFICACIÓN DE IMPEDIMENTO DEL MAGISTRADO A.H..

Solicito a los Honorables Magistrados que declaren que me encuentro impedido para conocer de la demanda de inconstitucionalidad propuesta por el Lcdo. N.C. en representación de la sociedad Texaco Panamá, Inc. contra la resolución del Tribunal de Apelaciones y Consultas del Primer Circuito de la Provincia de Panamá, Ramo Civil, fechada 30 de julio de 1987, proferida dentro del juicio de desahucio que promovió Texaco Panamá, Inc, contra la sucesión de P.E.A. (q. e. p. d.).

Como lo he manifestado en ocasiones anteriores laboré en la firma de abogados A., F. y F. desde el mes de marzo de 1976 hasta el 2 de enero de 1990. Dicha firma asesoró a la parte demandante en el proceso arriba indicado.

Mientras laboré en Arias, F. y F. fui asesor en materia laboral de la empresa Texaco demandante en este proceso, y en este caso, di opinión sobre el contrato de arrendamiento y su terminación, y participé en reuniones y negociaciones que se dieron entre Texaco y los herederos de P.E.A. (q...

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