Resolución Nº 106-34-DGMM de 22 de agosto de 2008, 'POR LA CUAL SE ADOPTA E IMPLEMENTA NORMAS Y DIRECTRICES TECNICAS DE LA DIRECCION GENERAL DE MARINA MERCANTE PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS CONVENIOS INTERNACIONALES RATIFICADOS POR LA REPUBLICA DE PANAMA'.

DIRECCIÓN GENERAL DE MARINA MERCANTE

RESOLUCIONES Y CONSULTAS

RESOLUCIÓN No. 106-34-DGMM Panamá, 22 de agosto de 2008.

EL SUSCRITO DIRECTOR GENERAL DE LA

DIRECCION GENERAL DE MARINA MERCANTE

EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Ley No. 7 de 10 de Febrero de 1998 se crea la Autoridad Marítima de Panamá, unificando las distintas competencias marítimas de la Administración Pública y fungiendo como Autoridad Suprema de la República de Panamá para ejercer los derechos y dar cumplimiento a las responsabilidades del Estado Panameño dentro del marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, 1982 y demás leyes y reglamentos vigentes.

Que el Decreto Ley No. 7 de 10 de Febrero de 1998 establece las funciones de la Dirección General de Marina Mercante, entre las cuales esta la de hacer cumplir sobre los buques de Registro Panameño, las normas legales nacionales y aquellas que formen parte de los Convenios Internacionales ratificados por la República de Panamá, referentes a la Seguridad de la Navegación, la Seguridad Marítima y la Prevención y el Control de la Contaminación del Mar.

Que mediante la Resolución No. 614-440-ALCN de 11 de agosto de 1980 se definió políticas generales y directrices adicionales a las establecidas en la Resolución No. 614-232-ALCN de 25 de abril de 1980, mediante la cual se designaban a las Organizaciones Reconocidas para efectuar inspecciones y reconocimientos asociados a la expedición de los Certificados de Seguridad a los Buques de Registro Panameño, conforme a lo estipulado en las Convenciones Internacionales, con especial énfasis en los temas de exenciones, equivalencias y otros aspectos asociados con la emisión de los Certificados Técnicos.

Que dada la necesidad de actualizar lo contemplado en la Resolución No. 614-440-ALCN de 11 de agosto de 1980, sobre definiciones relacionadas con las políticas generales y directrices a seguir por las Organizaciones Reconocidas, esta Dirección General,

RESUELVE:

PRIMERO: ADOPTAR e IMPLEMENTAR normas y directrices técnicas de la Dirección General de Marina Mercante para el Cumplimiento de los Convenios Internacionales ratificados por la República de Panamá.

SEGUNDO: Política General.

La política general de la Dirección General de Marina Mercante es asegurar que todo buque registrado en la República de Panamá, esté o no clasificado, sea seguro y apto para la navegación. Todo buque debe estar provisto, como mínimo, con los equipos de acuerdo con los requerimientos de las Convenciones Internacionales en vigor, de las cuales la República de Panamá es signataria, tomando en cuenta el tipo y edad del buque y la naturaleza de los viajes. Los inspectores de Bandera o las organizaciones reconocidas por la República de Panamá para las inspecciones y reconocimientos de los buques, deben aplicar estrictamente esta política.

TERCERO...

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